| Organos
de las Naciones Unidas Informe de la misión a Colombia de la Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos E/CN.4/2002/106/Add.2 |
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
58º período de sesiones
Tema 17 b) del programa
PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS
DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS
Informe presentado por la Sra. Hina Jilani, Representante Especial del Secretario General sobre los defensores de los derechos humanos en virtud de la resolución 2000/61 de la Comisión de Derechos Humanos
Adición
Misión a Colombia
(23 a 31 de octubre de 2001)
ÍNDICE
| Párrafos | ||
| Resumen Ejecutivo | ||
| Introducción | 1 11 | |
| I. COMENTARIOS GENERALES Y MARCO JURÍDICO | 12 40 | |
| A. Comentarios generales | 12 19 | |
| B. Marco jurídico | 20 40 | |
| II. PRINCIPALES HALLAZGOS E INQUIETUDES | 41 276 | |
| A. Violaciones de los derechos fundamentales de los defensores de los derechos humanos | 41 174 | |
| B. Otros factores que tienen impacto directo sobre los defensores de los derechos humanos | 175 219 | |
| C. Principales fuentes de violencia contra los defensores de los derechos humanos | 220 247 | |
| D. Avances y dificultades en la implementación de las políticas el Estado hacia los defensores de los derechos humanos | 248 276 | |
| III. OBSERVACIONES FINALES | 277 291 | |
| IV. RECOMENDACIONES | 292 311 | |
Anexos
| I. Personas con las que la Representante Especial se reunió durante su visita | |
| II. Ejemplo de amenazas de muerte. |
Resumen Ejecutivo
El presente informe ha sido preparado en virtud de la resolución 2000/61 de la Comisión de Derechos Humanos de 26 de abril de 2000. En él se presenta y analiza la información recibida por la Representante Especial del Secretario General sobre los defensores de los derechos humanos durante la visita que ésta realizó a Colombia entre el 23 y el 31 de octubre de 2001, así como la información recibida de individuos y organizaciones no gubernamentales acerca de la situación de los defensores de los derechos humanos en Colombia.
El propósito de la visita consistía en hacer un estudio y una evaluación de la situación de los defensores de los derechos humanos así como de las condiciones de seguridad en las cuales éstos desarrollan sus actividades dentro del contexto del conflicto colombiano. Así, uno de los objetivos de la visita consistía en examinar los informes sobre las amenazas en contra de la integridad personal de los defensores de los derechos humanos y de las organizaciones en las cuales èstos trabajan, así como de las condiciones que debilitan los derechos consagrados en la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas (en adelante, la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos).
La Representante Especial visitó Bogotá, Medellín y Barrancabermeja. Allí se reunió con altos funcionarios, incluyendo el Presidente de Colombia, los representantes de las agencias de las Naciones Unidas y de la comunidad internacional, así como una amplia gama de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y una amplia variedad de sectores que representan a los defensores de los derechos humanos.
La Representante Especial reconoce que Colombia forma parte de la mayoría de los organismos internacionales y que ha promulgado una legislación audaz y que por medio de dicha legislación, ha creado en su territorio los mecanismos diseñados para asegurar que esta legislación se cumpla. También reconoce los esfuerzos hechos por el Gobierno por crear programas e instituciones específicos para mitigar el impacto de las violaciones cometidas contra los defensores de los derechos humanos. No obstante, las expectativas creadas no fueron cumplidas dada la limitada coordinación y constancia de la política del Estado en la defensa de los derechos humanos -y en especial de los defensores de los derechos humanos- así como la ineficiencia de algunas de estas instituciones.
La Representante Especial se encuentra seriamente preocupada por el ambiente de impunidad que rodea las violaciones a los derechos humanos en Colombia. El Estado es jurídicamente responsable tanto por los ataques perpetrados directamente por las fuerzas armadas colombianas como por aquellos perpetrados por organizaciones paramilitares con el apoyo, la aquiescencia o la complicidad del Estado, factores que han contribuido a que dichas violaciones ocurran.
La Representante Especial también ve con profunda preocupación el ambiente de intimidación e inseguridad en el cual los defensores de los derechos humanos desempeñan su trabajo. La Representante Especial observa que existe un patrón de abusos graves que han sido cometidos contra los defensores de los derechos humanos, que incluyen amenazas, desapariciones forzadas, homicidios y desplazamiento forzoso. Asimismo, observa que todos los sectores de la sociedad civil se ven afectados por la violencia, incluyendo los funcionarios del Estado que trabajan en temas de derechos humanos. Algunos grupos, tales como los dirigentes sindicales, las minorías étnicas, los desplazados internos y las mujeres, se han visto más afectados que otros. En vista del incremento de los ataques violentos perpetrados en su contra, la Representante Especial se encuentra seriamente preocupada por la seguridad de los dirigentes sindicales e indígenas.
Aun cuando la Representante Especial pudo observar que los grupos paramilitares son los principales responsables de las violaciones a los derechos de los defensores de los derechos humanos, también deplora las graves violaciones al derecho internacional humanitario cometidas por los grupos guerrilleros en contra de la población civil y de los defensores de los derechos humanos.
La Representante Especial ve con preocupación algunos de los métodos empleados por la Policía y el Ejército en contra de los defensores de los derechos humanos, particularmente por los archivos de inteligencia que mantienen estas fuerzas, los cuales contienen información falsa acerca de dichos defensores y por la interceptación de las líneas telefónicas de las organizaciones no gubernamentales. También condena la inquietante tendencia de los funcionarios del Estado y los oficiales del Ejército de violar la Directiva Presidencial 07, mediante el empleo de una retórica irresponsable en contra de los defensores de los derechos humanos, a quienes acusan con frecuencia de ser colaboradores de la guerrilla.
La Representante Especial observa con beneplácito el trabajo objetivo y extremadamente positivo de las organizaciones no gubernamentales y de los defensores de los derechos humanos. En este aspecto, la falta de concertación entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales está directamente relacionada con la falta de confianza que las organizaciones no gubernamentales tienen en la maquinaria del Estado. Un Estado democrático solamente puede subsistir si cuenta con una sociedad civil fuerte. El Estado Colombiano es responsable de proteger, promover y fortalecer la sociedad civil colombiana.
En vista de lo anterior, la Representante Especial formula las siguientes recomendaciones al Gobierno de Colombia:
a) Adoptar como prioridad una política global de derechos humanos y de derecho internacional de los derechos humanos y considerar las recomendaciones que han sido formuladas por varios organismos internacionales, en especial por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Representante Especial del Director General de la Organización Internacional del Trabajo así como por los organismos de vigilancia creados en los tratados de las Naciones Unidas y los mecanismos temáticos de la Comisión de Derechos Humanos.
b) Combatir la impunidad, emprendiendo para ello investigaciones penales exhaustivas e independientes y poner fin a la violencia perpetrada en contra de los defensores de los derechos humanos. La lucha contra la impunidad debe implicar también el fortalecimiento de las instituciones judiciales garantizando para ello la competencia, la eficacia, la seguridad y la independencia de todas las instituciones y las personas que se encuentran a cargo de la investigación, el procesamiento y la revisión judicial de las denuncias presentadas por violaciones a los derechos humanos. También deben tomarse medidas especiales para fortalecer los mecanismos de protección a los jueces, los fiscales, los investigadores, las víctimas, los testigos y las personas que se encuentran amenazadas.
c) Combatir el paramilitarismo en forma eficiente y desmantelarlo de manera definitiva, mediante la detención, el procesamiento y la sanción de todo aquel que promueva, dirija, participe en, apoye o financie este fenómeno.
d) Establecer un programa de reuniones periódicas entre el Gobierno y los defensores de los derechos humanos con el fin de recibir sus inquietudes de manera directa y de acordar las acciones y las medidas encaminadas hacia protegerlos de las violaciones de sus derechos y a prevenir dichas violaciones.
e) Reconocer públicamente el papel fundamental y positivo que desempeñan las organizaciones no gubernamentales y los defensores de los derechos humanos en el fortalecimiento de la democracia. Para tal fin, el Gobierno debería asegurar que la Directiva Presidencial 07 sea implementada en forma eficiente.
f) Adoptar medidas eficientes orientadas a garantizar la vida y la integridad personal de todos los defensores de los derechos humanos que son amenazados como consecuencia de sus actividades y responder con eficiencia al tema de la desaparición forzada en Colombia, en especial de la desaparición forzada de los defensores de los derechos humanos.
g) Desarrollar e implementar una estrategia efectiva y exhaustiva de prevención con el fin de prevenir los ataques en contra de los defensores de los derechos humanos. Para ello se requiere otorgar fondos apropiados y un mayor apoyo político a las instituciones y los programas tales como la Defensoría del Pueblo y el Programa de Protección del Ministerio del Interior.
h) Incrementar en forma sustancial las medidas de protección brindadas a los grupos más atacados y más vulnerables, especialmente los dirigentes sindicales, las minorías étnicas, los desplazados internos y las mujeres.
i) Revisar los archivos de inteligencia militar a fin de determinar si son necesarios a efectos de seguridad nacional y completar la investigación sobre interceptación de líneas telefónicas.
j) Revocar la Ley de Seguridad Nacional y abstenerse de promulgar cualquier legislación antiterrorista que pueda contribuir a incrementar las violaciones de los derechos humanos en el país.
k) Poner especial atención a la protección de los periodistas y los representantes de los medios y asegurar que el proceso electoral sea llevado a cabo en un ambiente pacífico con pleno respeto hacia diferentes opiniones.
Por ultimo, la Representante Especial urgiría a todas las partes del conflicto, incluyendo a la guerrilla, a que respeten sin excepción, las normas de derecho internacional humanitario así como el acceso de la población civil, en especial de los defensores de los derechos humanos, a la debida protección y a la garantía de sus derechos fundamentales. La Representante Especial también desea resaltar el trabajo fundamental que ha sido realizado por el Director y los miembros de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia y exhorta en forma enérgica al Gobierno colombiano para que les brinde su plena colaboración y aproveche la ayuda de esta Oficina al máximo. Dado que resulta poco probable que lleve a cabo una misión de seguimiento en un futuro próximo, la Representante Especial urge a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos Humanos a que por medio de su Oficina en Colombia, apoye al Gobierno colombiano en la implementación de las anteriores recomendaciones.
Introducción
1. El presente informe ha sido preparado en virtud de la resolución 2000/61 de la Comisión de Derechos Humanos, de 26 de abril de 2000. En él se presenta y analiza la información recibida por la Representante Especial del Secretario General sobre los defensores de los derechos humanos durante la visita que esta realizó a Colombia entre el 23 y el 31 de octubre de 2001, así como la información recibida de individuos y de organizaciones no gubernamentales acerca de la situación de los defensores de los derechos humanos en Colombia.
2. Mediante una carta dirigida a la Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra, de fecha 20 de febrero de 2001, la Representante Especial solicitó el consentimiento del Gobierno para hacer una visita a Colombia. El 22 de agosto de 2001, el Gobierno de Colombia respondió favorablemente a la solicitud.
3. El propósito de la visita consistía en hacer un estudio y una evaluación de la situación de los defensores de los derechos humanos, así como de las condiciones de seguridad en las cuales éstos desarrollan sus actividades dentro del contexto del conflicto colombiano. Así, uno de los objetivos de la visita consistía en examinar los informes sobre las amenazas en contra de la integridad personal de los defensores de los derechos humanos y de las organizaciones en las cuales estos trabajan. También consistía en examinar las condiciones que debilitan los derechos consagrados en la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas (en adelante, la Declaración sobre Defensores de los Derechos Humanos).
4. La Representante Especial visitó Bogotá, Medellín y Barrancabermeja y se reunió con el Presidente de la República, el Vicepresidente y Ministro de Defensa, los Ministros de Relaciones Exteriores, Justicia, Interior y Trabajo. También tuvo la oportunidad de reunirse con la Comisión Intersectorial para los Derechos Humanos -en la que participan Ministros del Despacho y los directores de los organismos judiciales y de vigilancia. También se reunió con el Presidente de la Corte Constitucional, el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, el Fiscal General, el Procurador General, el Defensor del Pueblo y el Director de la Unidad de Derechos Humanos de la Policía Nacional. Durante su visita a Medellín y Barrancabermeja, la Representante Especial se reunió entre otros funcionarios con el Gobernador de Antioquia, los alcaldes de Medellín y Barrancabermeja, los Directores de la Policía de Medellín y Barrancabermeja y el Comandante del Ejército en Medellín.
5. Además de las reuniones sostenidas con las oficinas de las Naciones Unidas y de la comunidad internacional, la Representante Especial se reunió varias organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y una amplia gama de sectores representativos de los defensores de los derechos humanos, en especial campesinos, indígenas y afrocolombianos, mujeres, desplazados, profesores universitarios, estudiantes, periodistas, hombres y mujeres homosexuales, partidos políticos, dirigentes sindicales, dirigentes de la Iglesia y representantes de los gremios. La Representante Especial también se reunió con delegaciones de los departamentos de Tolima, Atlántico, Bolívar, Santander, Arauca, Putumayo, Valle, Cauca, Nariño, Casanare, Córdoba, Cesar, Chocó y Urabá.
6. El anexo al presente informe contiene una lista detallada de las personas con quienes la Representante Especial se reunió durante su visita. La Representante Especial desea agradecer la ayuda generosa que fue brindada por todas aquellas personas a quienes tuvo la oportunidad de conocer.
7. La Representante Especial también quisiera expresar su agradecimiento por la colaboración del Gobierno de Colombia en la ejecución de su mandato. También desea agradecer al Ministro de Relaciones Exteriores y a la Misión Permanente de Colombia en Ginebra, quienes ayudaron a que esta visita fuese exitosa, así como extender su profunda gratitud al Director y a los miembros del al Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia (OACNUDH) por la forma eficiente en que organizaron su visita.
8. La visita de la Representante Especial se llevó a cabo en un momento crítico para Colombia, cuando parecía que el rompimiento del proceso de paz entre el Gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) era inminente. Por ello, canceló sus planes de viajar hacia la zona de distensión - una parte del territorio que fue entregada a la guerrilla y en la que la presencia del Estado es muy limitada. La Representante Especial no pudo realizar este viaje, debido a la falta de seguridad en la región y la inestabilidad relacionada con el proceso de paz.
9. Antes de partir hacia Colombia, la Representante Especial emitió un comunicado de prensa en el cual mencionaba que durante su visita, esperaba reunirse con varias personas y grupos, tanto gubernamentales como no gubernamentales, a través de los cuales se proponía reunir la información para presentar su informe a la Comisión de Derechos Humanos. Durante el primer día de su visita a Bogotá, la Representante Especial se reunió con la prensa nacional e internacional con el fin de informarles acerca del alcance de su mandato así como de comunicarles los objetivos de su misión. Durante su estadía en Medellín, la Representante Especial concedió una rueda de prensa y se reunió de nuevo con la prensa en Barrancabermeja. Al término de su misión, la Representante Especial concedió una rueda de prensa en Bogotá en la cual dio sus conclusiones y sus recomendaciones preliminares.
10. El presente Informe analiza los principales temas de preocupación, centrándose en aquellos asuntos por los cuales el Estado colombiano es directamente responsable, vale decir, las violaciones a los derechos humanos cometidas por funcionarios públicos o por particulares que actúan instigados por o con el consentimiento o la aquiescencia de las autoridades públicas. Aun cuando la Representante Especial no hace referencia a aquellos asuntos en los que los grupos armados al margen de la ley (grupos guerrilleros) se encuentran involucrados, una parte del presente informe ha sido dedicada a la información que fue recibida acerca del impacto que los grupos guerrilleros tienen sobre el trabajo de los defensores de los derechos humanos.
11. La Representante Especial desea recordar que, en su opinión, todas las actividades referentes a los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas en los instrumentos y los compromisos internacionales de derechos humanos constituyen actividades encaminadas hacia la promoción, la protección y la realización de los derechos humanos. La situación de todo individuo, grupo u órgano social comprometido en dichas actividades y que sufra cualquier clase de discriminación con motivo de dicha actividad, estaría por lo tanto, dentro del alcance de su mandato. En tal sentido, la Representante Especial hace mención de su informe sobre la visita realizada a Kirguistán (E/CN.4/2002/106/Add.1, párrs. 8 a 12) en el cual presenta la forma en la que la Representante Especial considera que se deben llevar a cabo las visitas locales dentro del alcance de su mandato.
I. COMENTARIOS GENERALES Y MARCO JURÍDICO
A. Comentarios generales
12. La crisis de los derechos humanos en Colombia no puede ser analizada sin hacer referencia a la evolución del conflicto armado interno y el impacto que éste tiene sobre los derechos fundamentales de los civiles, incluyendo los defensores de los derechos humanos. Son pocas las zonas del país que aún no se han visto afectadas por el creciente conflicto interno.
13. Históricamente, la elite política bipartidista en Colombia se ha centrado en la defensa de sus intereses en el ámbito urbano. Como consecuencia de ello, la exclusión política de los sectores rurales pobres, quienes también se han visto marginados por una enorme desigualdad social, una alta concentración de la propiedad de las tierras y un sistema judicial ineficiente, propició las condiciones para el desarrollo de movimientos políticos autónomos y provocó el surgimiento de varios grupos guerrilleros. A mediados del decenio de 1960, surgieron las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), los dos principales grupos guerrilleros que aún se encuentran activos. Las FARC, el grupo guerrillero más grande (con unos 16.000 miembros) y cuyos orígenes se remontan al decenio de 1950, continuó sus operaciones en la mayor parte del país. El ELN por su parte, un grupo insurgente conformado en 1965, opera especialmente en las regiones montañosas del norte, el noreste y el suroeste del país.
14. Durante los últimos tres años, tanto la cantidad como la intensidad de los enfrentamientos directos entre las partes del conflicto se ha incrementado en forma paralela al crecimiento de los grupos paramilitares que operan en el país. Los hechos ocurridos en Colombia durante 2001 estuvieron marcados por una serie de eventos que permiten explicar el contexto de la crítica situación que vive el país. Vale la pena mencionar entre ellos la campaña electoral en la que se preparan las elecciones presidenciales que tendrán lugar en mayo de 2002. La situación mundial tras los eventos del 11 de septiembre de 2001 es otro de los elementos que debe ser considerado. Colombia ha estado afectada por otros problemas, tales como los persistentes y duros efectos de la crisis económica de 1999, la cual se ha visto agravada por la recesión mundial y las constantes actividades perniciosas de la poderosa red de narcotráfico. Los intereses económicos y estratégicos subyacentes al conflicto colombiano incrementan su complejidad.
15. La polarización de la situación en Colombia no sólo afecta de manera negativa el proceso de paz, los esfuerzos por llegar a acuerdos sobre numerosos temas sociales y laborales, el debate político nacional y la economía, también contribuye a erosionar instituciones nacionales que son de importancia vital para la preservación del estado de derecho.
16. A pesar de la decisión que el Presidente Pastrana tomó en mayo de 1999 de promover diálogos de paz entre el Gobierno y las FARC en la zona de distensión ubicada en los departamentos de Meta y Caquetá, hasta el momento no se ha llegado a ningún acuerdo sustancial. Adicionalmente, la agenda acordada para los diálogos y las negociaciones entre el Gobierno y las FARC no incluye los derechos humanos ni el derecho internacional humanitario como un tema prioritario, a pesar de que la sociedad ha exigido que estos temas sean discutidos antes de cualquier otro. La falta de un resultado significativo de los intentos de negociación entre el Gobierno y las FARC y el reciente rompimiento de las negociaciones el 20 de febrero de 2002, tal como sucedió con las negociaciones con el ELN a comienzos de 2001, constituyen motivo de gran preocupación.
17. El conflicto armado afectó en forma creciente la vida diaria de los habitantes del país durante 2001. Las constantes represalias por parte de los grupos paramilitares a lo largo y ancho del país y que se centran principalmente en la población civil reflejan el empeoramiento del conflicto. Todos aquellos que participan en el conflicto armado interno, incluyendo los organismos de seguridad, han cometido en algún momento, violaciones de los derechos humanos que pueden ser consideradas como graves, generalizadas y sistemáticas. Los principales derechos afectados son el derecho a la vida y los derechos de inviolabilidad, a la libertad y la seguridad personal. Las violaciones al derecho internacional humanitario también son recurrentes, masivas y sistemáticas y constituyen parte de los ataques sobre la población civil.
18. Según varios de los informes recibidos, incluyendo el de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos y de la Oficina del Alto Comisionado en Bogotá, la situación en Colombia continúa deteriorándose a pesar de que el Gobierno ha creado y fortalecido mecanismos dirigidos a la protección de los derechos humanos. Debe recordarse que Colombia ha ratificado la gran mayoría de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, los cuales han sido reconocidos en la Constitución nacional. La Constitución también contempla diferentes mecanismos a través de los cuales éstos pueden ser protegidos y ha otorgado en este sentido una función fundamental al Ministerio Público y al Fiscal General, función que se ve complementada además por las facultades que han sido otorgadas al Ministerio del Interior. No obstante, y a pesar de la existencia de este marco jurídico e institucional, los defensores de los derechos humanos han trabajado durante décadas en un ambiente de violencia y represión, que continúa obstaculizando su capacidad para investigar y denunciar así como para luchar en contra de las violaciones a los derechos humanos.
19. Los defensores de los derechos humanos viven un ambiente de miedo e incertidumbre y se encuentran atrapados en medio de los combates entre las múltiples partes del conflicto. También se ven obligados a enfrentar una creciente represión y violencia. Los últimos acontecimientos ocurridos en el país demuestran el grave deterioro de la situación colombiana en la que cualquier individuo que exprese sus opiniones acerca del conflicto actual, los orígenes o consecuencias, corre el riesgo de enfrentar violencia y represión. Las actividades o las voces sociales que cuestionan el contexto y la organización socioeconómica actual también se tornan más vulnerables a la violencia y la represión.
B. Marco jurídico
1. Obligaciones de carácter internacional
20. Colombia ha asumido toda una gama de obligaciones a través de instrumentos internacionales de derechos humanos, contenidas particularmente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño. Vale la pena resaltar que al momento de ratificar dichos instrumentos, Colombia no formuló ninguna clase de reserva. Colombia también es un Estado Parte en el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el cual se contemplan los procesos para presentar denuncias individuales. Por otra parte, Colombia también ha ratificado los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo Nº 87 sobre la libertad sindical y a la protección del derecho de asociación y Nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, Nº 29 relativo al trabajo forzoso u obligatorio, Nº 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso, Nos. 100 y 111 relativos a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación y Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. Colombia también suscribió el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Debe notarse que Colombia se abstuvo de hacer declaración alguna en virtud del artículo 14 del la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y del artículo 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en las cuales se reconoce la competencia de los respectivos órganos de monitoreo para conocer y dar trámite a las comunicaciones enviadas por individuos o por grupos de individuos.
21. En el ámbito regional, Colombia también es parte de la Convención americana sobre derechos humanos (Pacto de San José), el Protocolo Adicional a la Convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador) y de la mayoría de los tratados regionales. En términos de los derechos consagrados, el Protocolo de San Salvador contempla el derecho a un medio ambiente sano y resalta el derecho de los discapacitados de gozar sin discriminación alguna de los derechos económicos, sociales y culturales.
22. Adicionalmente, el Artículo 93 de la Constitución política de Colombia señala que los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso que reconocen los derechos humanos y que prohíben su restricción durante los estados de excepción prevalecen en el orden interno. La Constitución señala además que los derechos y los deberes consagrados en ella se interpretan de conformidad con los tratados internacionales ratificados por Colombia. Adicionalmente, los derechos y las garantías contenidos en la Constitución y en los convenios internacionales vigentes no deben entenderse como la negación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos (art. 94).
23. En 1996 el Congreso de Colombia aprobó la Ley 288 por medio de la cual reconoce el carácter obligatorio de las decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos acerca de las violaciones a los derechos humanos en Colombia. La Ley contempla el proceso judicial y sumario por medio del cual se establecen los perjuicios pecuniarios que el Gobierno colombiano debe pagar a las víctimas en los casos mencionados por dichos mecanismos.
2. Legislación interna
a) La Constitución política
24. Colombia es una República democrática y pluralista. En 1991, la Asamblea Nacional Constituyente elegida por voto popular aprobó la nueva Constitución que reemplazó a la anterior, la cual llevaba vigente más de 100 años. La Constitución actual contempla un Estado unitario con separación del poder público. El poder Ejecutivo lo ejerce actualmente el Presidente Andrés Pastrana, quien fue elegido en 1998 y quien hace las veces de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. El poder Legislativo es ejercido por un Congreso bicameral mientras el poder Judicial está reservado a un sistema judicial independiente. La Constitución contempla que el Estado reconoce sin discriminación alguna la primacía de los derechos inalienables de la persona (art. 5) y mantiene la obligación de proteger, promover y defender los derechos fundamentales (arts. 11 a 41); los derechos económicos, sociales y culturales (arts. 42 a 77); los derechos colectivos y del ambiente (arts. 83 a 94).
25. La misma Constitución reconoce en su artículo 15, el derecho de las personas de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas (hábeas data).
26. El artículo 20 de la Constitución señala que "Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial y la de fundar medios masivos de comunicación." Adicionalmente y de acuerdo con el artículo 37, "Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho."
27. El artículo 38 garantiza el ejercicio del derecho a la libre asociación señalando que "Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad." Por su parte, el artículo 95 señala que "Son deberes de la persona y del ciudadano: (...) defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica (...)."
b) Legislación sobre libertad de asociación, de reunión y de expresión
28. Tal como se mencionó anteriormente, el artículo 38 de la Constitución política de 1991 contempla el derecho de asociación en general. De este modo, a las personas naturales y jurídicas se les garantiza el derecho de asociación con y sin ánimo de lucro. El Código Civil -del cual la mayor parte entró a regir en el Siglo XIX- regula la constitución de empresas, asociaciones y entidades con y sin ánimo de lucro. Las asociaciones sin ánimo de lucro, de caridad o beneficencia o las sociedades pueden constituirse por medio de actos privados. Dichas asociaciones incluyen los sindicatos y las asociaciones sindicales de segundo y tercer grado cuya personería jurídica tiene reconocimiento automático al momento de su constitución, pero cuya constitución debe registrarse ante las autoridades laborales competentes.
29. La constitución y la formación de sindicatos y de asociaciones sindicales se encuentra regulada con base en el artículo 39 de la Constitución política que señala:
"Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos. La cancelación o suspensión de la personería jurídica solo procede por vía judicial. Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión."
El derecho de constituir y formar sindicatos está regulado por los artículos 12, 353 y ss. del Código Sustantivo del trabajo, el cual se aplica tanto a empleados como a patronos. La única restricción a este derecho se aplica a los miembros de la Policía y las fuerzas armadas, vale decir, la Policía Nacional y el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada Nacional.
30. Aun cuando el artículo 37 contempla el derecho de reunión y el derecho de manifestación pública el decreto legislativo Nº 137 de 1994 sobre estados de emergencia no contempla ninguna restricción específica a este derecho. El Decreto 1355 de 1970 por medio del cual se introdujo el Código Nacional de Policía contiene un marco que regula el derecho de reunión. El artículo 102 del Código contempla que
"Toda persona puede reunirse con otras o desfilar en un sitio a exponer ideas e intereses colectivos de carácter político, económico, religioso, social o con cualquier otro fin lícito. Con tales fines debe darse aviso por escrito presentando personalmente ante la primera autoridad pública del lugar. Tal comunicación debe ser suscrita por lo menos por tres personas. Tal aviso deberá expresar el día, la hora y el sitio de la proyectada reunión y se presentará con 48 horas de anticipación. Cuando se trate de desfiles, se indicará el recorrido prospectado"
Ni el Código de Policía ni ninguna otra norma jurídica contemplan caso alguno en el que se prohíban las reuniones pacíficas. Los artículos 104 y 105 del Código de Policía señalan: "Toda reunión o desfile públicos que degenere en tumulto o cause intranquilidad o inseguridad pública será disuelto" y "La Policía podrá impedir la realización de reuniones y desfiles públicos que no hayan sido anunciados con la debida anticipación. Igualmente podrá tomar la misma medida cuando la reunión o el desfile no cumplan los objetivos señalados en el aviso."
31. La libertad de expresión se encuentra garantizada en forma específica por el artículo 20 de la Constitución que contempla que la libertad de expresión y de información constituye un derecho fundamental cuyo ejercicio goza de protección legal, pero que asimismo implica obligaciones y responsabilidades. Su ejercicio es por consiguiente un derecho y un deber, vale decir un derecho con una responsabilidad concomitante, que influye en su realización. Dichas disposiciones se relacionan con la legislación penal, que establece responsabilidad penal por la comisión de actos punibles al momento de suministrar información tales como injuria y calumnia. Dichas conductas son sancionadas en los artículos 102, 192, 194 y 220 a 228 del Código Penal.
c) Otras normas o medidas que tienen un impacto directo sobre el trabajo de los defensores de los derechos humanos
32. El 9 de septiembre de 2001, Día de los Derechos Humanos en Colombia, el Presidente Andrés Pastrana expidió la Directiva Presidencial 07 relativa al "respaldo, interlocución y colaboración del Estado con las organizaciones de derechos humanos". La Directiva declara de nuevo casi todos los aspectos de la anterior Directiva Presidencial 011 de 11 de junio de 1997, la cual había sido expedida por el entonces Presidente Ernesto Samper. La Directiva ordena a todos los funcionarios públicos que se abstengan de cuestionar la legitimidad de las organizaciones de derechos humanos y de hacer acusaciones falsas con las cuales puede verse comprometida su seguridad o reputación. También exige a todos los funcionarios públicos que brinden total colaboración con las organizaciones de derechos humanos cuando estas les soliciten información o ayuda.
33. La Ley 599 de 2000, en la cual se tipifica la desaparición forzada, el genocidio, el desplazamiento forzoso y la tortura, entró en vigencia en julio de 2001. Las violaciones a los derechos humanos tales como la tortura, el desplazamiento, el genocidio y la desaparición forzosa, y las violaciones al derecho internacional humanitario fueron incorporadas a la legislación penal interna tras la promulgación del nuevo Código Penal el 24 de julio de 2001 (Ley 599 de 2000). En principio, solamente los jueces ordinarios conocerán de los procesos por estos delitos.
34. Adicionalmente, el artículo 147 del nuevo Código Penal (Ley 599 de 2000) que entró en vigencia el 24 de julio, tipifica los actos de discriminación racial. No obstante, dicha conducta punible, clasificada junto con los crímenes contra las personas y los bienes que gozan de la protección del derecho internacional humanitario, solamente se tipifica dentro del contexto "con ocasión y el desarrollo de un conflicto armado." La discriminación como tal, por parte de cualquier persona que no se encuentre participando directamente en las hostilidades, continúa sin ser castigada por la legislación colombiana.
35. En julio de 2000, entró en vigencia el nuevo Código Penal Militar. Los únicos
delitos
que este excluye en forma expresa de la jurisdicción militar son la tortura, el genocidio
y la desaparición forzada, absteniéndose de hacer mención alguna acerca de otras
violaciones
graves a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. El nuevo Código no
entra a considerar todos los elementos del fallo proferido por la Corte Constitucional
bajo
el Nº C-358/98 acerca del carácter restringido de la jurisdicción penal militar.
Posteriormente, en el fallo Nº 361/2001, la Corte Constitucional consideró que ningún
miembro de la fuerza pública sindicado de conductas tipificadas como violatorias de los
derechos humanos o de las leyes de la guerra puede ser procesado por la justicia militar
puesto que la comisión del delito rompe todo vínculo entre el delito y el servicio.
36. En un fallo reciente de la Corte Constitucional, (C-361) de fecha 2 de abril de 2001, ésta manifiesta que la exclusión de los crímenes de tortura, genocidio y desaparición forzosa de la jurisdicción penal militar -da ejemplos de violaciones a los derechos humanos que no deben ser consideradas por la jurisdicción penal militar.
37. En julio de 1999, el sistema de jueces regionales "sin rostro", fuertemente criticado, fue reemplazado por un nuevo sistema de jueces especializados. Aun cuando la nueva ley (Ley 504 de 1999) introduce algunos cambios positivos al sistema anterior, ésta aún no cumple los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
d) Instituciones colombianas que tratan asuntos de derechos humanos
38. El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso por un término de cuatro años con el fin de brindar apoyo a las víctimas más vulnerables de las violaciones a los derechos humanos y para educar a la población en el tema de los derechos humanos. El Defensor del Pueblo también es responsable de recibir información de parte de la víctima y de las personas que se encuentren amenazadas y de transmitir dicha información a las autoridades competentes, buscando con ello dar protección y evitar la violación. La Defensoría también ha implementado un sistema de alerta temprana.
39. El Ministerio del Interior estableció un programa de protección que se refiere a los defensores de los derechos humanos (incluyendo dirigentes sindicales activistas políticos y líderes indígenas), periodistas y dirigentes de Unión Patriótica. Según la Ley 199 de 22 de julio de 1995, el Ministerio del Interior es responsable por la coordinación de actividades desarrolladas por entidades gubernamentales relativas a la promoción, la defensa y la protección de los derechos humanos. El artículo 32 de la Ley 199 de 1995 estableció el Comité para la Valoración y la Regulación de Riesgos, un órgano administrativo especial de derechos humanos dentro del Ministerio del Interior en el que participan organizaciones no gubernamentales y representantes de los sindicatos. El Comité puso en marcha medidas efectivas para brindar protección física un número determinado de defensores de los derechos humanos y de dirigentes organizacionales. El Programa de Protección contempla la protección para las personas y las oficinas de la respectiva organización. Existen dos clases de protección: protección desarmada y protección armada. La protección desarmada incluye apoyo en el proceso de reubicación, equipos de comunicaciones (teléfonos celulares), chalecos antibalas, asistencia de emergencia de parte de agentes de seguridad y de personas escogidas por quienes se vean afectados y empleados por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), cursos de defensa personal y la instalación de equipos de seguridad (circuitos cerrados de televisión, puertas reforzadas, alarmas etc.). La protección armada incluye guardaespaldas y vehículos blindados. También debe anotarse que, tras al promulgación de la Ley 199 de 1996, el Ministerio del Interior creó la unidad de Protección a Testigos y de Protección a Personas en Peligro, ahora denominada la Unidad de Derechos Humanos.
40. Adicionalmente, existen varias Comisiones encargadas de temas puntuales en derechos humanos, que incluyen la Comisión de Derechos Humanos sobre Pueblos Indígenas, la cual fue creada en virtud del Decreto 1396/96 la Comisión Interinstitucional sobre los Derechos de los Trabajadores la cual fue establecida en 1997, la Subcomisión sobre Derechos Humanos y Desplazamiento Forzoso y el Programa de Protección a Periodistas y Comunicadores Sociales, establecida en virtud del Decreto 1592 de 2000.
II. PRINCIPALES HALLAZGOS E INQUIETUDES
A. Violaciones de los derechos fundamentales de los defensores
de los derechos humanos
41. La Representante Especial recibió durante su visita un número considerable de casos de violaciones cometidas contra los defensores de los derechos humanos en Colombia. Algunos de ellos habían sido previamente transmitidos al Gobierno en un intercambio de comunicaciones con la Representante Especial. En tal sentido, la Representante Especial quisiera hacer mención de los dos informes anuales que ha presentado hasta el momento a la Comisión de Derechos Humanos (E/CN.4/2001/94 y E/CN.4/2002/106), los cuales contienen las comunicaciones enviadas por ella a Colombia así como las respuestas que el Gobierno de Colombia dio a dichas comunicaciones.
42. De las 161 comunicaciones que la Representante Especial enviara en el presente año a todos los gobiernos pertinentes, 29 se refieren a Colombia, lo que significa que el 18% de los casos sobre ataques perpetrados contra los defensores de los derechos humanos en el mundo entero se refieren a Colombia. La mayor parte de las comunicaciones enviadas a Gobierno de Colombia eran acciones urgentes (25) y las comunicaciones restantes eran cartas de denuncia.
43. La Representante Especial observa que los derechos fundamentales más elementales de los defensores de los derechos humanos en Colombia han sido violados en forma constante durante los últimos años y que tales violaciones nunca o casi nunca son objeto de investigaciones adecuadas.
1. Violaciones del derecho a la vida y a la integridad personal
44. La más obvia y numerosa violación del derecho a la vida de los defensores de los derechos humanos en Colombia consiste en ejecuciones, amenazas de muerte y desapariciones forzosas que en la mayor parte de los casos conducen al homicidio de la persona.
45. Según la Comisión Colombiana de Juristas, 68 defensores de los derechos humanos fueron atacados en Colombia entre julio de 1996 y septiembre de 2001: 54 de ellos fueron asesinados y 14 más fueron desaparecidos. La mayoría de ellos pertenecía a organizaciones locales o nacionales de derechos humanos, otros eran representantes de su pueblo, parientes de defensores, dirigentes de comunidades de desplazados, personal de organismos internacionales, partícipes en organizaciones campesinas, miembros de comunidades indígenas, miembros de órdenes religiosas, académicos y antiguos empleados de la Defensoría del Pueblo. Las estadísticas no incluyen dirigentes sindicales, de quienes se hará mención en una sección aparte del presente informe, ni los funcionarios civiles o judiciales que tratan temas de derechos humanos.
46. La mayoría de los ataques (43%) ocurrieron en el Departamento de Antioquia (28). Los demás ocurrieron en la frontera colombiana-venezolana, en Bogotá y los Departamentos de Bolívar, Santander, Valle, Cesar, Meta, norte de Santander, Huila, Magdalena, Chocó, Atlántico, Caldas, Sucre, Putumayo, Tolima, Córdoba y Nariño.
47. La Representante Especial ha sido informada que por lo general, el asesinato de los defensores de los derechos humanos tiene relación con el hecho de que estos son acusados de colaborar con los grupos guerrilleros o paramilitares. Otra de las razones por las cuales son atacados consiste en la posición independiente que toman en relación con los grupos armados, denunciando los abusos cometidos por todas las partes del conflicto. También se encuentra relacionado con el hecho de que defienden y hacen solicitudes a favor de civiles o de ciertas comunidades.
a) Homicidios de defensores de los derechos humanos
48. Las ejecuciones sumarias y extrajudiciales afectan a todas las clases los defensores de derechos humanos: representantes de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, sindicalistas, académicos, estudiantes, abogados en derechos humanos, indígenas, miembros de ordenes religiosas, dirigentes de comunidades de desplazados, campesinos, funcionarios judiciales y funcionarios civiles que trabajan en derechos humanos, tales como el Defensor del Pueblo.
49. La Representante Especial recibió informes que indican que los paramilitares son responsables de la mayoría de estos asesinatos, aun cuando algunas de las violaciones al derecho a la vida contra los defensores de los derechos humanos son cometidas por miembros de las fuerzas de seguridad que actúan en forma negligente o hacen un uso excesivo de la fuerza. Los paramilitares acusan con frecuencia a los defensores y a las organizaciones de derechos humanos de colaborar con la guerrilla, convirtiéndolos así en objetivos militares legítimos. En este sentido y tal como se mencionó en el informe de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos para el 2001 (E/CN.4/2001/15, párr. 35), los paramilitares han adoptado una nueva estrategia en algunas zonas del país, la cual consiste en un patrón de asesinatos selectivos.
50. Varios dirigentes de derechos humanos han sido asesinados desde 1996. La mayor parte de estos casos fueron mencionados por la Representante Especial en la carta de denuncia enviada al Gobierno de Colombia el 19 de octubre de 2001, junto con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales sumarias o arbitrarias. El Sr. Jesús Valle Jaramillo, un reconocido abogado de derechos humanos, fue asesinado a tiros en su oficina en Medellín en febrero de 1998 por pistoleros no identificados, después de haber denunciado la existencia de vínculos entre algunos militares colombianos y los grupos paramilitares. El Sr. Valle era el presidente del Comité Permanente de Antioquia para la Defensa de los Derechos Humanos y es el cuarto presidente de dicha organización que muere asesinado. También era profesor universitario y miembro del Consejo local por el Partido Conservador.
51. De acuerdo con la información recibida, un grupo de hombres enmascarados, quienes se identificaron como miembros de la Fiscalía General de la Nación, asesinó a Carlos Mario Calderón y Elsa Constanza Alvarado en su apartamento en Bogotá el 19 de mayo de 1997. Ambos eran activistas del Centro de Investigaciones y Educación Popular. Aparentemente, los paramilitares son responsables de este asesinato.
52. La Representante Especial recibió información de que el 19 de septiembre de 2001, Yolanda Cerón, una religiosa y directora del equipo de derechos humanos de la organización de la Iglesia Católica, Pastoral Social (Nariño) recibió varios disparos de pistoleros no identificados cuando cruzaba un parque caminando en Tumaco. La religiosa fue conducida a un hospital local, donde murió pocos minutos después. Yolanda Cerón había trabajado durante varios años con Pastoral Social en la denuncia de violaciones a los derechos humanos en Nariño, brindando apoyo a las víctimas y a sus familias. Antes de ser asesinada, la religiosa había informado que estaba siendo seguida por hombres no identificados y que las oficinas de Pastoral Social estaban siendo permanentemente vigiladas.
53. La situación de los derechos humanos en Nariño es altamente preocupante, puesto que la mayor parte de los defensores de los derechos humanos han huido por las amenazas de los grupos paramilitares. El único grupo que estaba haciendo labores de monitoreo a las violaciones a los derechos humanos era el equipo de Pastoral Social. Resulta difícil prever cuál será el futuro del trabajo en derechos humanos en esta zona después de su asesinato.
54. El Departamento del Atlántico también se ha visto seriamente afectado. Diecisiete homicidios extrajudiciales fueron denunciados en 2001. Según la información recibida, Manuel Pájaro Peinado, tesorero del Sindicato de Servidores Públicos, fue asesinado el 24 de marzo de 2001 en su casa en Barranquilla. Aparentemente, el Sr. Pájaro había solicitado protección al Programa de Protección del Ministerio del Interior, no obstante lo cual su solicitud había sido rechazada por sugerencias del DAS.
55. La Representante Especial visitó Barrancabermeja, la ciudad que es considerada como el corazón del activismo en Colombia. Varios defensores de los derechos humanos, incluyendo dirigentes sindicales, han sido asesinados a lo largo de los años. Para la Representante Especial, la presencia de los Cuerpos Internacionales de Paz (CIP) en esta ciudad es extremadamente importante. Los paramilitares locales han dejado muy claro que el apoyo internacional brindado a los defensores de los derechos humanos es la única razón por la cual no han asesinado a más de ellos. Algunos defensores de los derechos humanos continúan en Barrancabermeja a pesar de la consolidación de la presencia paramilitar y de las amenazas en su contra. El tema de los defensores de los derechos humanos en Barrancabermeja es crítico.
56. La Representante Especial fue informada que el 11 de julio de 2000, Elizabeth Cañas Cano fue asesinada a tiros cerca de su oficina en Barrancabermeja, presuntamente por paramilitares. La Sra. Cañas Cano era miembro de ASFADDES (Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos) y llevaba a cabo una campaña de justicia por la muerte de 25 personas, incluyendo su hijo Giovanny Cañas cano y su hermano José Cañas Cano, quienes desaparecieron en la masacre ocurrida el 16 de mayo de 1998 en Barrancabermeja.
57. El 19 de octubre de 2001, la Representante Especial, el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, enviaron una carta de denuncia sobre el asesinato de Eduardo Umaña Mendoza, abogado y defensor de los derechos humanos. De acuerdo con la información recibida, el Sr. Umaña fue asesinado el 18 de abril de 1998 en Bogotá, por dos hombres y una mujer quienes se identificaron como periodistas. El Sr. Umaña había sido amenazado varias veces antes de su muerte. Las denuncias habían sido presentadas ante las autoridades competentes, sin que se hubiera logrado avanzar en las investigaciones emprendidas por las amenazas. Varias personas han sido detenidas en relación con el homicidio, pero hasta el momento, solamente una de ellas ha sido formalmente sindicada. Existe una gran preocupación de que a pesar de los indicios de participación militar en el homicidio, pareciera que esta línea no ha sido seguida en la investigación.
58. A la Representantes Especial también se le ha señalado que muchos de los defensores de los derechos humanos asesinados por medio de ejecuciones sumarias perpetradas por los paramilitares, primero son torturados, violados o mutilados por sus captores, muchas veces en forma atroz.
59. Adicionalmente, la Representante Especial fue informada de que en algunos casos, los paramilitares contratan narcotraficantes o sicarios para asesinar a los defensores de los derechos humanos. La Representante Especial fue informada durante su viaje a Medellín, de que el 29 de octubre de 2000, una banda de sicarios conocida como "La Terraza" había emitido un comunicado de prensa en el cual reconocía la autoría de varios crímenes contra defensores de los derechos humanos y en el cual la banda explicaba su participación en tales crímenes, vinculando altos oficiales militares con las actividades paramilitares. La información indica que cuatro de los cinco sicarios que estaban dispuestos a entregarse y a cooperar con el sistema judicial fueron posteriormente asesinados por los paramilitares. La investigación no ha logrado ningún avance hasta la fecha.
b) Amenazas de muerte recibidas por los defensores de los derechos humanos
60. Durante su visita, la Representante Especial constató con una gran preocupación, que las amenazas de muerte contra los defensores de los derechos humanos constituyen una de las violaciones más frecuentes en su contra. Algunas veces, dichas amenazas son hechas por medio de llamadas telefónicas o cartas anónimas encaminadas a intimidar a sus destinatarios para que salgan del país o se trasladen hacia otra región. En otras oportunidades, personas desconocidas abordan a los defensores de los derechos humanos y les informan que deben suspender su trabajo o. de lo contrario, van a sufrir las consecuencias. Algunos defensores de los derechos humanos recibieron sufragios o invitaciones a sus propios funerales. Copias de las invitaciones fueron enviadas por paramilitares de las Autodefensas Únicas de Colombia (AUC) a varias organizaciones de derechos humanos, incluyendo organizaciones de mujeres, en las que se les invita a su propio funeral.
61. En la carta de denuncia enviada el 19 de octubre de 2001 al Gobierno de Colombia, la Representante Especial menciona los casos de Orlando Ospina Loaiza y Carlos Alberto Florez, Vicepresidente y Secretario General del sindicato de empleados de los Servicios Públicos en Pereira (SINTRAEMSDES), quienes el 12 de febrero de 2001, recibieron una tarjeta de condolencias enviada por las AUC.
62. La Representante Especial también hace mención del caso de Bernice Celeyta Alayón, Presidenta de la organización de derechos humanos NOMADESC (Asociación para la Investigación y Acción Social) quien presuntamente encontró un mensaje en el contestador automático de su residencia el 18 de mayo de 2001 amenazándola de muerte. Al día siguiente, le dejaron un sufragio en la puerta de su casa. Desde el 14 de mayo de 2001, ha estado permanentemente vigilada por hombres desconocidos que se movilizan en vehículos. NOMADESC ha denunciado violaciones a los derechos humanos por parte de los grupos paramilitares que han amenazado y asesinado sindicalistas en el Valle del Cauca y han masacrado a los civiles que habitan alo largo del Río Naya en esa región.
63. Las amenazas también son enviadas en forma de propagandas pintadas en las residencias de los defensores de los derechos humanos, tales como "Muerte a los colaboradores de la guerrilla" o "Le cortamos la lengua y hacemos una corbata con ella si alguien habla". Esta clase de propaganda fue escrita en los muros de las oficinas de la Fundación Estrella Orográfica del Macizo Colombiano (FUNDECIMA).
64. A la Relatora Especial se le hizo hincapié en que todos los sectores de la sociedad civil, incluyendo funcionarios judiciales, periodistas, sindicalistas, dirigentes religiosos, profesores universitarios y estudiantes, están recibiendo amenazas de parte de los paramilitares.
65. En algunas regiones del país que fueron visitadas por la Representante Especial,
tales
como la región del Magdalena Medio (Barrancabermeja) y el departamento de Antioquia
(Medellín), los homicidios de los defensores de los derechos humanos se han incrementado.
La Representante Especial envió múltiples comunicaciones durante el 2001 acerca de los
ataques contra los defensores de los derechos humanos en estas dos regiones.
66. La Representante Especial observó con preocupación que, en las regiones antes señaladas, los defensores de los derechos humanos trabajan en un ambiente de inseguridad, debido especialmente a las amenazas de muerte que han recibido de los grupos paramilitares. En Barrancabermeja, una población de 300.000 habitantes y con una elevada presencia y control paramilitar, las AUC emprendieron una campaña de violencia y terror contra la comunidad de defensores de los derechos humanos, a quienes declaró "objetivo militar" por ser colaboradores de la guerrilla.
67. En la acción urgente enviada el 19 de enero de 2001 junto con el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, la Representante Especial señaló el caso de Iván Madero Vergel y José Guillermo Larios, ambos miembros del Comité Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS) en Barrancabermeja. CREDHOS es una organización que ha desempeñado un papel fundamental en llamar la atención de la comunidad internacional sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas por la guerrilla, los organismos de seguridad y los paramilitares. Ambos hombres fueron amenazados varias veces por los paramilitares quienes les recordaron que eran considerados como un objetivo militar y los acusaron de ser colaboradores o ayudantes de la guerrilla.
68. La Representante Especial también se encuentra seriamente preocupada por la situación vivida en el Valle del Cauca. Según lo señalado por varias fuentes, 450 violaciones graves a los derechos humanos fueron cometidas en el 2000 y el 2001 contra civiles, incluyendo dirigentes sociales, campesinos y dirigentes sindicales. En junio de 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pidió que se otorgaran medidas cautelares a 24 sindicalistas de la región.
69. Según la información recibida, las AUC enviaron un comunicado de prensa a las oficinas de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en el Valle el 2 de noviembre de 2000, que decía:
"Nuestro país, Colombia, se merece ahora estabilidad política, social y económica, la cual puede lograrse erradicando y exterminando todos los (...) sindicalistas y defensores de los derechos humanos, puesto que su única actividad consiste en promover y apoyar a la guerrilla. Acciones que deben tomarse: señalarlos como objetivo militar, obligarlos a exiliarse, exterminar estos hijueputas y su descendencia. Fecha de iniciación de las acciones militares: 30 de noviembre para todos aquellos que no se hayan ido, en cumplimiento de las órdenes de nuestros jefes. Por una Colombia bella, limpia y pacífica. AUC."
c) Desaparición forzada de defensores de los derechos humanos
70. La desaparición forzada se relaciona con frecuencia con las ejecuciones puesto que en la mayoría de los casos, se presume que los defensores de los derechos humanos que desaparecen están muertos. Aun cuando en la mayoría de los casos las desapariciones son atribuidas a los grupos paramilitares, en algunas oportunidades los organismos de seguridad también son responsables.
71. Durante su visita a Medellín, la Representante Especial visitó la sede de ASFADDES, una organización compuesta exclusivamente por familiares de personas que han sido víctimas de desaparición forzada. ASFADDES documenta los casos de desaparición forzada y los presenta ante las entidades nacionales e internacionales para iniciar la búsqueda. También investiga y determina la responsabilidad penal y disciplinaria y las sanciones correspondientes a estas. Dada la clase de trabajo adelantada por ASFADDES, esta es un blanco frecuente de ataques.
72. El 12 de octubre de 2000, la Representante Especial envió una acción urgente acerca de la desaparición de Ángel Quintero y Claudia Patricia Monsalve Pulgarín dos miembros de ASFADDES en Medellín, ocurrida el 6 de octubre de 2000. El Sr. Quintero había recibido amenazas antes de su desaparición por las investigaciones que adelantaba en torno a la desaparición de tres de sus familiares: Rubén Usaga Higuita, Wilson Usaga Higuita y Arvey Poso Usaga, ocurridas el 25 de agosto de 2000. De acuerdo con la información suministrada, la Sra. Monsalve Pulgarín había estado trabajando en torno a la desaparición de su hermano en 1995, caso al cual han sido vinculados algunos oficiales de la Policía. En su comunicación, la Representante Especial manifiesta su preocupación por las amenazas en contra de los miembros de ASFADDES a lo largo de los últimos meses. No ha habido ningún avance significativo en la investigación en torno a la desaparición forzada de estos dos defensores de los derechos humanos.
73. La Representante Especial fue informada además de que después de la desaparición del Sr. Quintero y la Sra. Pulgarín, otros miembros de ASFADDES recibieron amenazas y cinco familias fueron por consiguiente desplazadas. En diciembre de 2000, el nuevo director de ASFADDES salió del país y la oficina estuvo cerrada durante dos meses.
2. Hostigamiento e intimidación
74. La Representante Especial sintió la aguda tensión o el miedo de los pocos defensores de los derechos humanos que continúan trabajando desde que a comienzos de 1999, Carlos Castaño, Jefe de las AUC, declaró que los defensores y las organizaciones de derechos humanos eran "objetivo militar". Como consecuencia de ello, muchos defensores de los derechos humanos han abandonado sus hogares y varias organizaciones no gubernamentales han cerrado sus oficinas en Urabá, el Magdalena Medio y el Sur de Bolívar.
75. El número de casos de amenazas que fueron denunciadas ante la Representante Especial es tan elevado que mencionarlos todos en el presente Informe resulta para ella imposible. Como se mencionó anteriormente, la Representante Especial desea referirse a sus informes anuales de los años 2000 y 2001, en los cuales hace un resumen detallado de los casos que fueron recibidos y transmitidos al Gobierno de Colombia, junto con las respuestas del Gobierno en relación con estos casos.
a) Organizaciones atacadas
76. El hostigamiento a las organizaciones de los derechos humanos pareciera estar dirigido contra organizaciones que adelanten proyectos en este tema en las regiones del Magdalena Medio, Cauca y Nariño. MINGA (Asociación para la Promoción Social Alternativa) y Sembrar son dos de las organizaciones afectadas. La información suministrada indica que la Asociación MINGA, una organización dedicada a la educación, la promoción y la investigación en temas de derechos humanos, fue objeto de amenazas telefónicas durante el 2001 y que algunos de sus miembros fueron seguidos y hostigados. El temor por la seguridad de los miembros de MINGA fue mencionado a la Representante Especial. Adicionalmente, el 6 de agosto de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente acerca de los miembros de Corporación Sembrar, una organización de derechos humanos con sede en Bogotá así como de otras organizaciones, quienes han sido vigilados y amenazados. Pareciera que las amenazas están relacionadas con las actividades que la organización adelanta en y en los alrededores de Barrancabermeja.
77. Algunas organizaciones no gubernamentales tales como ASFADDES se convierten en un blanco constante y sus miembros reciben llamadas telefónicas en las cuales los amenazan y sufren varias formas de hostigamiento y persecución tales como la vigilancia por parte de personas sospechosas. Estas prácticas continúan presentándose a pesar de la solicitud de medidas cautelares hecha por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Gobierno de Colombia. Dado que dichas medidas no fueron adoptadas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que decretara la ejecución de las medidas cautelares fue otorgado el 11 de noviembre de 1997 en favor de 17 miembros de ASFADDES.
78. Aparentemente, los dirigentes y los activistas de CREDHOS reciben amenazas en forma regular. Estas amenazas son por lo general, efectuadas por teléfono, por carta o por medio de comunicados de prensa y por lo general provienen de los paramilitares. El 19 de octubre de 1999, Pablo Javier Arenales, Coordinador de CREDHOS en Barrancabermeja, recibió varias llamadas telefónicas en las que lo amenazaban. Mónica Madera Vergel, secretaria de la organización, recibió una llamada de amenaza en agosto de 2000, proveniente de alguien en el Ministerio del Interior. Tales actos parecieran estar relacionados con el hecho de que CREDHOS distribuyó en septiembre de 2000, un folleto en Bucaramanga durante un evento denominado "Por la Vida y los Derechos Humanos" en el que denunciaba las amenazas en su contra y responsabilizaba de ellas a las AUC.
79. Si bien las amenazas son dirigidas en contra de todos los sectores de la sociedad civil, la vulnerabilidad de las asociaciones que trabajan en iniciativas de paz y las comunidades de paz se ha visto especialmente acentuada. Las comunidades de paz son una experiencia única de un modelo de autoorganización de la población civil y brindan un espacio a las comunidades de desplazados que se han proclamado oficialmente neutrales y que se niegan a dar apoyo directo o indirecto a los actores armados del conflicto colombiano. La Representante Especial fue informada de que las personas que trabajan en dichas comunidades han sido objeto de amenazas de parte de los paramilitares así como de los militares y de la Policía. Así sucedió con las Comunidades de Paz de San José de Apartadó (Antioquia), de La Balsita-Dabeiba (Antioquia), de Cacarica (Chocó) y de la región de Urabá. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos proclamó una serie de medidas de protección a favor de la mayoría de las comunidades de paz de estas regiones, debido a las amenazas que estas habían recibido.
80. Tras la masacre ocurrida en la Comunidad de paz de La Unión (Antioquia) el 8 de julio de 2000, el Ejército colombiano presentó una denuncia por calumnia en contra de Justicia y Paz, una organización no gubernamental integrada por 70 congregaciones religiosas conocidas por su trabajo valiente en temas de derechos humanos. Justicia y Paz había hecho una declaración pública en la que manifestaba que un helicóptero del Ejército había sido visto sobrevolando la comunidad y que, no obstante, se había abstenido de intervenir al momento de la masacre. Las acusaciones en este sentido elevadas en contra de Justicia y Paz constituyen parte de un contexto más amplio en el cual las comunidades de paz se han visto cada vez más estigmatizadas debido a las declaraciones irresponsables en torno a la supuesta colaboración que estas brindan a los grupos guerrilleros. Se ha denunciado que tales declaraciones han contribuido en forma directa a las represalias que los grupos paramilitares han tomado en contra de dichas comunidades.
81. La Representante Especial fue informada acerca de una iniciativa interesante denominada la Asamblea Municipal Constituyente de Tarso o AMC. Esta Asamblea brinda un espacio de participación a la comunidad y reúne representantes de todos los sectores de la sociedad. Está compuesta por personas que se organizaron para responder a la negligencia del Estado en los temas económicos y sociales. La Representante Especial fue informada que, desde el 3 de octubre de 2000, las amenazas de los paramilitares contra AMC se han incrementado, obligando con ello a varios miembros de la comunidad a huir de Tarso. Varias personas de la región habían sido además, asesinadas.
b) Clase de amenazas y orígenes de las amenazas
82. La interceptación de las líneas telefónicas de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos por parte de la Policía colombiana fue informada a la Representante Especial. Tras la desaparición forzada de Ángel Quintero y Claudia Monsalve, dos miembros de ASFADDES, ocurrida en diciembre de 2000, la Fiscalía y la Procuraduría anunciaron en febrero de 2001 que iniciarían una investigación por la interceptación ilegal de las líneas telefónicas por parte de oficiales del GAULA, una unidad antisecuestro de la Policía Metropolitana de Medellín. La Fiscalía reveló que el GAULA había interceptado ilegalmente más de 2.000 líneas telefónicas entre 1998 y 2000. Aun cuando las víctimas de la interceptación telefónica no han sido plenamente identificadas, la Fiscalía pudo establecer que las líneas telefónicas de ASFADDES así como otras 15 líneas de organizaciones no gubernamentales en Medellín habían sido interceptadas ilegalmente.
83. Algunas veces, las organizaciones de derechos humanos deben soportar las visitas, las vigilancias o inclusive el bombardeo de sus oficinas. Por ejemplo, los defensores de los derechos humanos que trabajan en el Departamento de Bolívar, y las oficinas de la Asociación Nacional de Ayuda Solidaria - ANDAS en Cartagena reciben visitas regularmente. También se informó que una bomba de 5 Kg. de dinamita le fue colocada a la oficina regional de ASFADDES en Medellín el 24 de julio de 1997. Esta Oficina fue visitada por la Representante Especial. Los archivos de la oficina resultaron destruidos.
84. La Representante Especial se sintió consternada al enterarse que en algunos casos, los paramilitares cometen uno o dos homicidios para con ello intimidar a toda la comunidad de una ciudad o una región en particular. Así sucedió en la ciudad de Cartagena donde, el 21 de octubre de 2001, un comando de asesinos a sueldo ingresó al barrio Nelson Mandela, habitado predominantemente por desplazados internos. El comando llevaba en sus manos una lista con los nombres de diez dirigentes comunitarios. Ingresaron al hogar de Pedro Vivero Crismath y asesinaron -delante de su familia- al dirigente comunitario Miguel Enrique López, hiriendo también a Pedro Vivero. Los nueve dirigentes restantes, atemorizados, se vieron obligados a huir rápidamente del vecindario.
85. La Representante Especial nota que la mayor parte de las amenazas y de las intimidaciones que son cometidas contra los defensores de los derechos humanos son represalias por las denuncias que las asociaciones hacen en contra de ciertos miembros de los organismos de seguridad, los paramilitares y el Gobierno. Claramente, uno de los principales objetivos consiste en silenciarlas.
86. La Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) es un blanco especial en este sentido. El 12 de julio de 2001, la Representante Especial transmitió una acción urgente conjunta con los Relatores Especiales sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y sobre la independencia de los magistrados y abogados, en relación con los casos de Alirio Uribe Muñoz, abogado y defensor de los derechos humanos y de Luis Guillermo Pérez Casas y Maret Cecilia García miembros de la CAJAR en Bogotá, y quienes deben enfrentar el hostigamiento y la intimidación constante por parte de los grupos paramilitares en Cundinamarca. Luis Guillermo Pérez Casas ha sido particularmente hostigado y vigilado desde que inició su trabajo en torno a la masacre cometida por miembros del Ejército en Mapiripán.
87. Adicionalmente, la Representante Especial transmitió una acción urgente el 6 de febrero de 2001 junto con los Relatores Especiales sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y sobre la independencia de los magistrados y abogados, acerca del caso de Oscar Rodas Villegas. El Sr. Rodas Villegas es un abogado defensor de los derechos humanos, miembro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, quien ha sido amenazado de muerte y ha recibido ordenes de terminar con sus investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos. Según la información recibida, su esposa, Olga Iliana Vélez fue secuestrada el 24 de enero de 2001 por tres hombres y una mujer, quienes se presume que pertenecen a un grupo paramilitar. La señora Vélez fue conducida a una casa desconocida y golpeada. Fue liberada al final del día y ordenada a informarle al Sr. Rodas Villegas que debía desaparecer de allí antes del 17 de febrero o de lo contrario, tomarían represalias contra su familia.
88. La Representante Especial desea resaltar la vulnerabilidad de los defensores de los derechos humanos, cuyas familias han sido atacadas debido al trabajo desarrollado por el esposo, el padre, el hermano, la esposa, la madre o la hermana. La Representante Especial comunicó otro caso en este sentido al Gobierno por medio de una acción urgente enviada el 15 de junio de 2001 porque Astrid Manrique Carnaval, miembro de la sucursal de ASFADDES en Popayán, había sido amenazada varias veces junto con su familia, por hombres no identificados. El 3 de junio de 2001, dos hombres destrozaron todas las ventanas de la casa de la Sra. Carnaval y ella y su hija de 14 años fueron seguidas en la calle por seis hombres no identificados.
c) Consecuencias de las amenazas contra los defensores de los derechos humanos
89. Los ataques contra los defensores de los derechos humanos por lo general buscan la desintegración total de las organizaciones de derechos humanos, puesto que los defensores individuales de los derechos humanos +se ven obligados con frecuencia a abandonar su trabajo de defensa de los derechos humanos en aras a lograr algunas medidas de seguridad. En algunas regiones como Córdoba, Cesar y Putumayo, no existen organizaciones no gubernamentales de derechos humanos como tal, sino organizaciones no gubernamentales sociales o de medio ambiente. Debido a la dificultad del contexto, las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos no tienen deseos de ser vistas como tales. La Representante Especial deplora el hecho que la defensa de los derechos humanos sea considerada como una actividad subversiva y que las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos sean estigmatizadas.
90. Es un hecho que como consecuencia de los ataques contra sus miembros, las organizaciones de derechos humanos abandonan total o parcialmente sus actividades. ASFADDES se ha visto obligada a cerrar varias de sus oficinas regionales debido a las campañas de hostigamiento e intimidación: la oficina de Apartadó (Urabá antioqueño) fue cerrada en 1995; la oficina de Ocaña (Santander) fue cerrada en 1997, la oficina en Riosucio (Caldas) fue cerrada en 1997 y la de Barrancabermeja (Santander) fue cerrada en febrero de 2001.
91. La Representante Especial fue informada de que en Medellín la asesoría en derechos humanos prácticamente ha desaparecido debido a las amenazas de los paramilitares. Algunos defensores de los derechos humanos han sido asesinados y otros, se encuentran en el exilio y otros más, están escondidos. Por consiguiente, reunir y transmitir información sobre derechos humanos en esta región resulta particularmente peligroso. Inclusive el Instituto Popular de Capacitación, una organización con sede en Medellín, dedicada principalmente a la resolución de conflictos en el ámbito comunitario, vio como cuatro de sus dirigentes y activistas fueron secuestrados por los paramilitares en 1999, acusados de ser miembros de la guerrilla. Todos fueron liberados pocos días después. Sin embargo, en octubre de 2000, seis miembros del IPC fueron amenazados, lo cual provocó la salida del país de algunos de ellos y que algunas de las actividades del Instituto fueran suspendidas.
92. Durante su visita a Medellín, la Representante Especial trató el tema de la seguridad de los defensores de los derechos humanos con el director de la Policía. El Brigadier General José Leonardo Gallego, Comandante de la Policía Metropolitana, le aseguró a la Representante Especial que la policía había brindado protección permanente a 11 oficinas de organizaciones no gubernamentales.
93. En la región del Magdalena Medio, las oficinas de las organizaciones no gubernamentales fueron cerradas y los activistas en derechos humanos debieron ser reducidos. En Barrancabermeja, la violencia ha alcanzado niveles inquietantes y las organizaciones de derechos humanos han sido desmanteladas, neutralizadas u obligadas a llevar a cabo actividades impuestas por los grupos paramilitares. Este fue el caso de la Organización Femenina Popular (OFP) y la mesa Regional de Trabajo Permanente por la Paz. La Representante Especial tuvo conocimiento que más de 300 personas murieron en forma violenta en Barrancabermeja entre agosto y noviembre de 2000. LAS AUC constantemente presionan y cometen abusos contra los defensores de los derechos humanos, influyen sobre las autoridades civiles y controlan una gran parte de las compañías de vigilancia privada. Las AUC patrullan públicamente, instalan retenes y puestos permanentes de control. También convocan a reuniones públicas y organizan eventos culturales a los cuales los habitantes se ven obligados a asistir.
94. El 22 de febrero de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente conjunta con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias en relación con el caso de Omar Vera Luna, Presidente de la Junta de Acción Comunal en Barrancabermeja y colaborador del Programa de Paz y Desarrollo en el Magdalena Medio, amenazado de muerte varias veces por las AUC desde el 16 de febrero de 2001. De acuerdo con la información suministrada, el Sr. Vera Luna se ha negado a formar parte de una manifestación organizada por los paramilitares para protestar por la creación de un lugar conocido como "El Retén", el cual ha sido diseñado para que se lleven a cabo las reuniones entre miembros del ELN y el Gobierno. Puesto que las amenazas fueron iniciadas una vez más y a pesar de la presencia de la Policía, el Sr. Vera Luna y su familia se han visto obligados a dejar su hogar y a albergarse en el centro "Casa de la Mujer", en Barrancabermeja.
95. Resulta necesario resaltar que en Colombia, tanto las organizaciones no gubernamentales locales como las internacionales están siendo amenazadas. El 13 de febrero de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente conjunta con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales sumarias o arbitrarias y el Relator Especial sobre la violencia contra la mujer acerca de dos hombres que se identificaron como miembros de las AUC quienes el 8 de febrero de 2001, abordaron un observador internacional de las Brigadas Internacionales de Paz y lo amenazaron con armas de fuego obligándolo a entregar de sus documentos y su teléfono celular. Cuando salían del centro, los hombres amenazaron al observador internacional de BIP, declarando la organización como un objetivo militar.
96. Otras organizaciones internacionales han sido amenazadas por los paramilitares. La Representante Especial desea aprovechar esta oportunidad para rendir un homenaje al trabajo de las organizaciones no gubernamentales internacionales en Colombia, especialmente a las BIP, cuyos miembros continúan salvando con valentía la vida de los defensores de los derechos humanos.
d) Acciones legales contra los defensores de los derechos humanos
97. La Representante Especial ha sido informada de que en algunas oportunidades los oficiales del Ejército instauran acciones legales contra los defensores de los derechos humanos por injuria o calumnia, rebelión o constitución de grupos ilegales. Estos procesos forman parte de una estrategia para silenciar a los defensores de los derechos humanos. De hecho, estas acciones son instauradas por lo general en contra de defensores de los derechos humanos que publican informes acerca de la presunta participación de oficiales del Ejército con grupos armados disidentes. Según el Informe sobre Colombia para 1999 publicado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 11 denuncias fueron instauradas contra defensores de los derechos humanos entre mayo de 1996 y agosto de 1997 tan solo en el Departamento de Antioquia.
98. La Representante Especial también fue informada de que CODEHSEL (Comité Permanente de Derechos Humanos en Antioquia) fue denunciado penalmente por el delito de injuria, por haber denunciado los vínculos entre militares del GAULA con los grupos paramilitares que operan en las zonas marginales de Medellín.
99. La Representante Especial manifiesta su preocupación por las acciones legales emprendidas contra los defensores de los derechos humanos y el hecho de ninguna medida disciplinaria ha sido tomada contra estos militares que infringen la ley.
3. Desplazamiento forzoso
100. La Representante Especial ha sido informada de que el desplazamiento interno ha sido adoptado como una estrategia militar por los grupos armados ilegales que buscan ganar control territorial, bien sea mediante amenazas o por medio de ataques directos contra la población civil.
101. Según las organizaciones no gubernamentales, más de 2 millones de personas han sido desplazadas desde 1995. Según la red de Solidaridad Social, una entidad gubernamental encargada del desplazamiento, el número de desplazados durante el primer semestre de 2001 aumentó en un 64%. Los paramilitares son los principales responsables del 53,6% del total de los desplazamientos. Casi todo el país se ve afectado por este fenómeno. Los departamentos más afectados son Antioquia, Bolívar, Valle del Cauca, Chocó, Magdalena, Cauca, Putumayo y Meta. Los principales receptores de desplazados internos son los departamentos de Antioquia, Bolívar y Magdalena junto con la ciudad de Bogotá.
102. La mayor parte de los desplazados se concentran en zonas urbanas. La Representante Especial pudo constatar la ausencia de políticas o soluciones para los desplazados cuando visitó las zonas de Medellín en las que estos se asientan. El predicamento en el que se encuentran los desplazados se caracteriza por la falta de asistencia global y efectiva así como de protección de parte del Estado y la falta de mecanismos idóneos para el regreso y la reubicación de la población desplazada.
103. En 1997, el Gobierno de Colombia aprobó la Ley 387 en la que se indica el plan general y global de asistencia a los desplazados. El artículo 29 de esta Ley ordena al Ministerio del Interior que "brinde protección a los desplazados en relación con los cuales existen motivos para temer por su seguridad". Pero a pesar de estas medidas y de la legislación, no existen garantíais para la seguridad física y la vida de los desplazados y de quienes trabajan a favor suyo (véase la sección 3 c) infra. Esta ley aún no ha sido implementada.
104. Este fenómeno tiende a afectar los sectores más vulnerables de la población, tales como los campesinos, los indígenas y los afrocolombianos quienes viven en condiciones precarias. La Representante Especial se ha enterado con preocupación de que los dirigentes sindicales, activistas políticos, dirigentes comunitarios, jueces y fiscales, periodistas, activistas de derechos humanos y educadores están siendo desplazados a través de un proceso de "limpieza política y social".
4. Los grupos más afectados por las violaciones de los derechos humanos
105. La Representante Especial nota que toda la sociedad civil se encuentra afectada por las violaciones a los derechos humanos, no obstante lo cual algunos grupos parecen ser atacados más que otros. Cada uno de estos grupos es mencionado a continuación:
a) Sindicalistas
106. La Representante Especial se encuentra particularmente preocupada por el elevado número de asesinatos, ataques y amenazas que son dirigidos contra miembros de los sindicatos. De las 29 comunicaciones enviadas a lo largo del 2001 por la Representante Especial al Gobierno de Colombia, 11 se refieren a este grupo.
107. En el informe presentado en junio de 2001, el Representante Especial del Director
General de la OIT, Raphael Albuquerque, señaló la existencia de un creciente número de
homicidios de dirigentes sindicales y de miembros de los sindicatos. De hecho y según
varias fuentes, mientras al menos 112 sindicalistas fueron asesinados en 2000, la Central
Unitaria de Trabajadores (CUT) informó que a lo largo de 2001, 160 sindicalistas fueron
asesinados
y 69 fueron desaparecidos. Los grupos paramilitares han sido acusados de ser los autores
de la mayor parte de estos homicidios. La guerrilla es responsable de una minoría de
ellos. El hecho de que las asociaciones sindicales pongan resistencia a las medidas
económicas que afectan derechos sociales y económicos, los convierte en el blanco de las
partes del conflicto.
108. Los sindicatos más afectados son aquellos que representan a los trabajadores de los sectores de la educación, la salud, los trabajadores municipales y departamentales, especialmente aquellos de la Asociación Nacional de Trabajadores Hospitalarios (ANTHOC), la Federación Colombiana de Educadores (FECODE) y el Sindicato de Trabajadores de Empresas Municipales y Departamentales (SINTRAEMSDES). Algunas de las zonas más afectadas por la violencia contra los miembros de los sindicatos son los departamentos del Valle del Cauca, Antioquia, Cesar y Santander.
109. La Representante Especial recibió durante su visita varias denuncias en relación con la situación de los sindicatos en el valle del Cauca, especialmente acerca del hostigamiento y la intimidación contra el Sindicato de Trabajadores de las Empresas Municipales de Cali (SINTRAEMCALI), el sindicato de la empresa de servicio públicos del municipio (CUT), el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de Materiales de la Construcción, (SINTRATITAN), SINTRAMUNICIPIO de Yumbo (Valle), SINTRALTRAINAL (Sindicato de Trabajadores de Alimentos) y ANTHOC.
110. La Representante Especial ve con preocupación que algunos miembros de los sindicatos fueron atacados o asesinados a pesar de ser o de que debían ser beneficiarios del Programa de Protección del Ministerio del Interior. Se presume que el Sr. Segundo Florentino Chávez, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de Dagua (Valle del Cauca), fue asesinado por dos pistoleros paramilitares en agosto de 2000. El Ministerio del Interior había aprobado un plan de seguridad para protegerlo pero, de acuerdo con la información recibida, este no pudo ser implementado por falta de recursos.
111. Adicionalmente, el 15 de diciembre de 2000 Wilson Borja, Presidente de la Federación Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado (FENALTRASE) y uno de los miembros del Comité Central del Partido Comunista quien formaba parte del comité de facilitación con el ELN, uno de los principales grupos guerrilleros, sufrió un atentado mientras conducía una camioneta en el barrio Bochica. El Sr. Borja fue alcanzado al menos por tres proyectiles y debió ser hospitalizado y operado de urgencia. Dos de los guardaespaldas de Borja fueron heridos. El Sr. Borja se encontraba en ese momento bajo la "estricta" protección del Programa de Protección del Ministerio del Interior. De acuerdo con la información recibida, los autores del ataque tenían vínculos con antiguos miembros de la Policía.
112. El caso de Aury Sará Marrugo, presidente de la sucursal de la Unión Sindical Obrera (USO) en Cartagena, también es preocupante. El Sr. Sará fue privado de su libertad el 30 de noviembre de 2001 por paramilitares de las AUC junto con un guardaespaldas y posteriormente ejecutado. Existen indicios de participación de algunos miembros de la Policía en este caso.
113. Barrancabermeja cuenta con el más alto número de sindicalistas desplazados, especialmente aquellos que trabajan para la Empresa Colombiana de Petróleos y Gases (ECOPETROL). Mas de 11 dirigentes sindicales fueron asesinados en Barrancabermeja durante el año 2001, incluyendo a Luis Manuel Anaya y Luis López, tesorero y presidente del Sindicato de Conductores y Trabajadores del Transporte de Santander (SINCONTRAINDER) con sede en Barrancabermeja, fueron asesinados el 16 y el 19 de octubre de 2001 respectivamente. El 17 de octubre de 2001, Julián Rodríguez miembro de la Corporación CREDHOS, fue asesinado en Barrancabermeja, presumiblemente como una represalia por sus actividades en el tema de los derechos humanos.
114. Según la información que ha sido recibida, al menos 14 sindicatos han sido disueltos enlos últimos 5 años con motivo de las amenazas y los asesinatos constantes de sus miembros. Adicionalmente, también se han presentado denuncias en torno a los ataques contra las familias de los sindicalistas. La Representante Especial fue informada acerca del caso de Gerardo González y su familia. El Sr. González es el secretario de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia para Asuntos Agrarios e Indígenas, presidente del Sindicato de Pequeños Agricultores de Cundinamarca (SINPEAGRICUN) y miembro del Cuerpo Directivo de la OIT. De acuerdo con la información recibida, un panfleto publicado el 5 de mayo de 2000 señalaba que se iba a presentar una ofensiva paramilitar en Bogotá. En él se anunciaba el asesinato de varias personas, incluyendo al Sr. González. Adicionalmente, la hija del Sr. González ha sido amenazada y seguida por miembros de inteligencia militar. Durante el año 2000, el Sr. González, su mujer y su hija fueron llamados a declarar ante el Fiscal.
115. La Representante Especial también fue informada de que los organismos de seguridad usan la fuerza al momento de controlar protestas laborales y que la Policía detiene en forma arbitraria a los sindicalistas. El 25 de octubre de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente conjunta con los Relatores Especiales sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y sobre la libertad de opinión y expresión en relación con el caso de seis miembros de la USO, quienes fueron detenidos el 19 de octubre de 2001 en varias ciudades del país, acusados de rebelión. Entre los detenidos se encontraba el antiguo presidente de la USO, Jairo Calderón, detenido en Bucaramanga, y Alonso Martínez, activista de la USO quien fue detenido en Bogotá, Ramón Rangel, miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la USO, detenido en Barrancabermeja, Fernando Acuña, antiguo presidente de FEDEPETROL, detenido en Barrancabermeja. Según la información que ha sido suministrada, algunos miembros del DAS fueron los responsables de las detenciones.
116. La Representante Especial también fue informada de que bajo el mandato del anterior alcalde de Medellín, la Policía Metropolitana contaba con las facultades otorgadas por el Decreto 326, de 5 de mayo de 1999, para disolver manifestaciones. Dichas facultades fueron empleadas en abril de 2000 para reprimir y detener manifestantes para evitar que celebraren el Día Internacional del Trabajo el 1º de mayo. La Representante Especial también fue informada de que el alcalde de Medellín no hace uso de este decreto.
117. La Representante Especial ha sido informada de que el Ministerio de Trabajo y en especial la Oficina de Derechos Humanos de ese Ministerio está haciendo un esfuerzo loable por analizar la situación de los trabajadores, para lo cual ha contado con ayuda de los sindicatos, asesores y agencias del Estado para garantizar su seguridad. La Representante Especial sin embargo deplora que, a pesar de la existencia de 606 casos sobre sindicalistas que reposan en la Fiscalía, no existe hasta ahora un verdadero resultado en relación con las investigaciones emprendidas por los atentados cometidos contra algunos sindicalistas. Por lo tanto, la Representante Especial se encuentra seriamente preocupada por la seguridad de los sindicalistas en Colombia.
b) Minorías étnicas
118. Los indígenas y afrocolombianos habitan zonas en las que la guerrilla y los grupos paramilitares son muy activos. Como consecuencia de ello, muchas veces se ven atrapados en el cruce de fuego. Las minorías étnicas sufren numerosas violaciones de sus derechos fundamentales, cometidas especialmente por medio de homicidios, desapariciones forzosas, atentados, hostigamiento y desconocimiento de derechos específicos. También son uno de los grupos más afectados por el desplazamiento forzoso.
119. Existen intereses económicos y estratégicos sobre la mayoría de las regiones habitadas por minorías étnicas. En muchas ocasiones, la implementación de proyectos a gran escala tales como operaciones mineras y la extracción de recursos naturales ha provocado la violación de derechos fundamentales por medio de asesinatos, secuestros y desplazamientos masivos. Estos grupos también sufren la falta de control y de regulación necesaria para evitar la deforestación indiscriminada y la fumigación de los cultivos ilícitos también trae consigo un efecto destructivo sobre la salud de estas comunidades.
120. Las partes en el conflicto armado ejercen una creciente y alarmante presión sobre los Embera Katío ubicados en las regiones del Alto Sinú (Córdoba) y Jurado (Chocó), sobre la comunidad Uwa en el norte de Boyacá así como sobre las comunidades afrocolombianas ubicadas en el Urabá (Chocó), el medio y bajo Atrato (Chocó), los montes de María y el sur de Bolívar.
121. La Representante Especial observó que los dirigentes afrocolombianos y aquellos que defienden los derechos de las minorías étnicas han sido especialmente atacados. Esta situación claramente empeoró a lo largo de los últimos tres años. La Representante Especial se enteró con preocupación del asesinato de ocho dirigentes de minorías étnicas durante el 2001. Los ataques contra estos dirigentes afectan seriamente tales comunidades, debilitando su organización interna y erosionando su representación.
122. El 9 de julio de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias en relación con la desaparición y el asesinato de los dirigentes indígenas Alirio Pedro Domicó Domicó y Alberto Saburaga Velásquez, por parte de los paramilitares, ocurrido en Cabildo del Río Esmeralda Córdoba el 25 y 27 de junio de 2001. Domicó era gobernador de los indígenas Embera en el cabildo del Río Esmeralda (Córdoba) y Saburaga era maestro de los indígenas Embera en Quibdó (Chocó). El 10 de julio de 2001, la Representante Especial y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias emitieron un comunicado de prensa manifestando su profunda preocupación por el asesinato y la desaparición de líderes indígenas en Colombia.
123. La Representante Especial recibió durante su visita las inquietudes en torno al número de líderes indígenas desaparecidos. El 2 de junio de 2001, Kimi Pernia Domico, dirigente Embera, fue presuntamente secuestrado por paramilitares en Montería, departamento de Córdoba. El Sr. Pernia Domico, quien no ha sido visto desde entonces, desempeñó un papel crucial en la campaña de las comunidades indígenas contra la construcción de la represa de Urrú. De acuerdo con la información que ha sido recibida, en Julio de 2001 el Ministerio del Interior creó un comité a cargo de investigar la desaparición del líder Embera Kimi Pernia Domico. Pero al parecer el Ministerio no consultó a las comunidades indígenas ubicadas en el Alto Sinú, lo cual hubiese asegurado una investigación eficiente para el comité.
124. También se informó de que el dirigente indígena Jairo Bedoya Hoyos, miembro de la Organización Indígena de Antioquia (OIA), y quien trabajaba en temas de derechos humanos, desapareció el 2 de marzo de 2000 y aún no ha sido encontrado. El Sr. Bedoya Hoyos, por la Unión Patriótica entre 1992 y 1993, desapareció el 2 de marzo en el departamento de Antioquia. Se presume que los grupos paramilitares son responsables de su desaparición. La víctima había participado en una campaña en la que se hacía un llamado a respetar los derechos culturales y la seguridad de los indígenas de la comunidad Embera.
125. Tal como se mencionó anteriormente, los líderes indígenas también constituyen el primer grupo en ser afectado por el desplazamiento forzoso. La Representante Especial fue informada de que Armando Achito, líder Embera del municipio de Juradó (Chocó), fue asesinado el 25 de diciembre de 2000 en su hogar en Juradó. El Sr. Chito había tomado parte en varios procesos de reclamación de tierra, alimento y salud para estas comunidades. El 8 de agosto de 1999 y tras la masacre de tres indígenas por presuntos paramilitares, fue desplazado hacia Juradó. Aparentemente, las autoridades locales le habían sugerido que se trasladara hacia Bahía Solano, con el fin de ofrecerle la protección necesaria. El traslado sin embargo, no logró evitar que fuera asesinado.
126. Los afrocolombianos también son objeto de amenazas y de hostigamiento así como de atentados contra sus vidas. En marzo de 2001, Marino Córdoba, Presidente de la Asociación de afrocolombianos Desplazados (ASFRODES), recibió amenazas telefónicas de los paramilitares en la sede de la organización. El Sr. Córdoba había sido víctima de una atentado en el año 2000 y había recibido varias amenazas de muerte desde que se había trasladado en enero de 1997, del departamento del Chocó a Bogotá.
127. La Representante Especial fue informada de que las comunidades afrocolombianas enfrentan un riesgo particularmente claro en el departamento de Nariño y son vulnerables a los ataques de los grupos paramilitares.
128. La Representante Especial ha sido informada de que las personas que brindan asesoría jurídica o asistencia humanitaria a los pueblos indígenas en Colombia han sido amenazadas de muerte.
129. De acuerdo con la información que ha sido recibida, el Gobierno ha sido incapaz de garantizar la seguridad y la protección de los líderes, las personas y los defensores de estas comunidades. Adicionalmente, las autoridades no han brindado una respuesta eficiente al desplazamiento interno, lo que produce un gran efecto sobre estas comunidades debido a las amenazas de los paramilitares. Tampoco han brindado condiciones adecuadas de seguridad para que puedan regresar a sus tierras.
c) Desplazados internos
130. La Representante Especial visitó un barrio de Medellín, llamado el Barrio La Cruz, en el cual habita una comunidad compuesta por aproximadamente 1.220 desplazados. La Representante Especial observó con preocupación, que los desplazados internos viven en condiciones altamente impredecibles y que con frecuencia, sus necesidades elementales de alimentación, alojamiento, educación y salud no son satisfechas. Los desplazados se ven obligados a construir sus propias carreteras y parecieran haber sido completamente abandonados por el Estado. Su seguridad y su integridad física y mental no están siendo garantizadas. La Representante Especial también pudo observar a la entrada del Barrio La Cruz que ellos mismos son responsables de su seguridad y verifican la identidad de cada visitante. La mayor parte de los desplazados que habitan en esta zona sufrieron el desplazamiento por las amenazas de los paramilitares y aún se sienten amenazados. La Representante Especial se enteró con preocupación de que aún continúan presentándose homicidios de desplazados en este asentamiento.
131. Los casos recibidos por la Representante Especial demuestran que, de hecho, los desplazados son vulnerables a las amenazas y los ataques. Los líderes de los desplazados están particularmente expuestos y con frecuencia son víctimas de ataques y agresiones en su contra, incluyendo torturas y homicidios. Eder Encizo Sandoval, líder de una comunidad de desplazados en La Reliquia (Villavicencio Meta), fue asesinado el 19 de agosto de 2001 delante de 600 niños y de otros miembros de la comunidad. La identidad de los responsables aún no ha sido establecida.
132. La Representante Especial también fue informada de que, en noviembre de 1998, mientras unas 8.000 personas del Sur de Bolívar regresaban a sus hogares, varios dirigentes de la comunidad de desplazados fueron asesinados y mutilados por paramilitares. Ello ocurrió a pesar de que el retorno se llevaba a cabo siguiendo los lineamientos de un acuerdo entre los desplazados y el Viceministro del Interior quien se había comprometido por escrito a garantizar la seguridad de quienes efectuaban el regreso. Nuevos desplazamientos se presentaron meses después del regreso, debido a los continuos crímenes de los paramilitares contra los habitantes, y las comunidades fueron cerradas.
133. Una vez más, tras suscribir acuerdos con el Gobierno acerca de las garantías para un retorno gradual, 4.000 desplazados del campamento de Pavarandó regresaron a su asentamiento en el municipio de Riosucio (Chocó), donde organizaron comunidades de paz. A pesar de ello, un grupo paramilitar ingresó al asentamiento el 7 de abril de 1999, asesinó a nueve dirigentes y secuestró a siete (quienes posteriormente fueron liberados). Después de estos incidentes, el dirigente comunitario Freddy Gallego se trasladó voluntariamente a Bogotá. Durante los primeros meses de ese año, Fredy aparecía en un mensaje de paz producido por la Comisión Nacional de Televisión. Posteriormente se trasladó a Bahía Solano (Chocó) donde fue asesinado por paramilitares el 6 de agosto de 2000.
134. El 28 de noviembre de 1999, Edgar Quiroga y Giraldo Fuentes, dos voceros de los desplazados, quienes formaban parte de la mesa de negociación con el Gobierno para determinar las condiciones de retorno, fueron secuestrados por paramilitares y posteriormente desaparecidos. Al Sr. Quiroga lo acusaban de ser "el más importante guerrillero en el Magdalena Medio". Aun no existe, 28 meses después, información alguna acerca del paradero de los dos dirigentes.
135. En algunos casos, la protección solicitada al Estado no resulta ser suficiente para evitar los ataques contra los desplazados. José Vega, por ejemplo, Vicepresidente de la Asociación de Desplazados para una Convivencia Pacífica (ADESCOP), fue víctima de un atentado contra su vida perpetrado el 9 de agosto de 2000 por hombres armados y encapuchados con el cual se pretendía asesinarlo. Solicitó protección al Ministerio del Interior, adjuntando sus exámenes médicos en los que se mostraban las heridas que había sufrido. El DAS a cargo de analizar el caso le brindó un manual de defensa personal y hasta la fecha no ha recibido respuesta alguna ni mucho menos protección de parte del Ministerio. Otro caso informado a la Representante Especial fue el de Darío Suárez Meneses, presidente de una organización de desplazados llamada Fundación para la Justicia y la paz. Darío Suárez fue asesinado el 11 de mayo del 2001 en el asentamiento de Chicalá ubicado en la ciudad de Neiva. Meses antes, Suárez había solicitado protección al Ministerio del Interior.
136. Por ultimo, los casos de las personas atacadas en razón de las actividades que desempeñan en defensa de los desplazados también fueron presentados a la Representante Especial. El 3 de septiembre de 2000, César Molina, Director para la Corporación para la Educación y Autogestión Ciudadana (CEAC), una organización no gubernamental de derechos humanos con sede en Barranquilla (Atlántico), fue interceptado por dos hombres armados quienes lo amenazaron con asesinarlo sin no paraba su trabajo con los desplazados y los estudiantes de la Universidad del Atlántico. Los dos hombres también hicieron mención de Luis Felipe Flores, Director de la Fundación para el Estudio de las Ciencias Sociales (FUNPECIS), otra organización no gubernamental de derechos humanos. Los hechos del caso sugieren que los responsables de la amenaza son miembros de una banda de asesinos a sueldo con posibles vínculos con los paramilitares. Tanto Molina como Florez se vieron obligados a abandonar su trabajo en derechos humanos en Barranquilla como consecuencia de las amenazas y ha sido desplazados hacia otras ciudades del país (carta de denuncia de fecha 9 de octubre de 2001).
137. También se ha prestado atención especial a la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), la cual se ocupa del fenómeno del desplazamiento. En el 2000, la oficina de CODHES fue objeto de vigilancia y de amenazas y Jorge Rojas, Director de la oficina, fue amenazado de muerte.
d) Las mujeres
138. Colombia cuenta con un amplio marco jurídico para la protección de los derechos de la mujer. A pesar de ello, la situación de las mujeres continúa siendo particularmente difícil, debido especialmente a la violencia y a los efectos del conflicto armado. La Representante Especial fue informada que algunas mujeres son atacadas sexualmente por los combatientes, violadas y presentadas como "trofeos" de guerra. Las mujeres también constituyen la gran mayoría de los desplazados internos. De acuerdo con la información suministrada, 50% de los desplazados en Colombia son mujeres y aquellas que habitan en zonas rurales son especialmente vulnerables al desplazamiento, debido a que las mujeres temen que sus hijos menores sean reclutados para la guerra. Adicionalmente, el deterioro de la economía del país afecta especialmente a la población femenina.
139. La Representante Especial recibió testimonios trágicos de parte de mujeres que han sido violadas, torturadas, amenazadas, asesinadas, desplazadas y exiliadas. La Representante Especial recibió informes de mujeres que habían sido obligadas a beber la sangre de sus propios hijos y maridos. Las mujeres son víctimas de estas violaciones por su condición de esposas, madres o hermanas de un defensor de los derechos humanos o porque ellas mismas son defensoras de los derechos humanos y trabajan en ello, especialmente en temas de paz y de medio ambiente.
140. Las organizaciones de mujeres más duramente golpeadas son aquellas que trabajan en zonas rurales y en las regiones en las cuales el conflicto armado es más intenso. Tal es el caso de la Asociación Nacional de Mujeres Campesinas e Indígenas de Colombia (ANMUCIC). Según lo informado a la Representante Especial, aproximadamente 30 de sus dirigentes han sido asesinadas durante los últimos cuatro años, algunas de ellas junto con sus esposos y sus hijos. En los últimos tres años, las dirigentes y los miembros del Movimiento Popular de Mujeres (MPM) han sufrido desplazamientos y exilios y ocho más han sido asesinadas. La Asociación de Mujeres para la Paz y la Defensa de los Derechos de las Mujeres Colombianas (ASODEMUC) ha sufrido desapariciones forzosas y varias de sus integrantes han sido asesinadas. El programa para la Mujer y la Familia de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos Unidad y Reconstrucción (ANUC-UR) ha corrido la misma suerte.
141. La organización femenina Popular (OFP), con la cual la Representante Especial se reunió en Barrancabermeja, constituye un caso representativo de la persecución a la cual está sometida una organización que busca promover y proteger los derechos de la mujer. La OFP es una organización social de mujeres que trabaja para la promoción de los derechos de la mujer y para el desarrollo de las comunidades suburbanas pobres en varios municipios de la región del Magdalena. Desde el año 2000, esta organización ha sufrido actos sistemáticos y repetidos de hostilidad a medida que desarrolla sus actividades, así como la presencia de paramilitares armados en varias de sus oficinas y amenazas de tomas forzosas de sus sedes. Algunos miembros de la OFP fueron desplazados debido a las amenazas recibidas.
142. El 13 de febrero de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente
conjunta con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o
arbitrarias y el Relator Especial sobre la violencia contra las mujeres acerca de dos
hombres que se identificaron como miembros de las AUC y quienes el 27 de enero de 2001 se
dirigieron al centro de mujeres "Casa de la Mujer" manejado por la OFP en
Barrancabermeja. De acuerdo con la información recibida, los dos hombres manifestaron que
habían ido a tomar el centro y exigieron que se les entregaran las llaves. Uno de los
hombres amenazó a Jackeline Rojas y le robó su teléfono celular.
El hombre también manifestó que los paramilitares tomarían el centro a la fuerza
"volarían la puerta y pasarían por encima del que se atravesara en su camino."
El 13 de noviembre de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente en
relación con la destrucción del centro de la OFP ubicado en el barrio La Virgen de
Barrancabermeja (Santander), ocurrida el 10 de noviembre de 2001, a manos de un grupo de
hombres armados.
143. Adicionalmente, la Representante Especial fue informada de que también existe presión armada contra las comunidades de Barrancabermeja para que se abstengan de participar en las actividades organizadas por la OFP. Los paramilitares amenazaron de muerte a los miembros de la OFP después de que estos organizaron un evento de tres días y unas marchas en Barrancabermeja en las que pedían a ambas partes del conflicto armado que respetaran los derechos humanos de los civiles. Once familias que participaron en los eventos del 14 al 17 de agosto fueron declaradas por los paramilitares como objetivo militar. Primero, y a pesar de la fuerte presencia militar en la ciudad, paramilitares armados se dirigieron a las casas de las mujeres y les dijeron que no asistieran a la marcha y organizaron retenes para evitar que el evento se llevase a cabo. Jackeline Rojas, miembro de la OFP, y la Presidenta, Yolanda Becerra, fueron amenazadas el 24 de agosto de 2001. La OFP fue informada de que los paramilitares habían amenazado con asesinar a sus miembros, comenzando con Patricia Ramírez, una de sus dirigentes.
144. El 9 de marzo de 2001, la Representante Especial envió una acción urgente conjunta con el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias en relación con los ataques y las amenazas de los paramilitares contra los miembros de la OFP, cuando organizaban la celebración del Día Internacional de la Mujer el 8 de marzo de 2001. El 7 de marzo, Yolanda Becerra, Presidente de la OFP, recibió una llamada en su teléfono celular en la que se le advertía que se preparara "para lo que viene".
145. La OFP mencionó a la Representante Especial que han sostenido reuniones con el
Comandante de la Policía de Barrancabermeja y que ésta ha brindado medidas preventivas.
A pesar de ello, se niegan a formar parte de un Programa de Protección toda vez que
prefieren mantener su independencia. Pero por otra parte, sí han aceptado el
acompañamiento de las Brigadas Internacionales de Paz y reciben mucho apoyo de parte de
ellos.
146. La Representante Especial también fue informada de que, en algunos municipios, las mujeres que se han postulado a cargos de elección popular tales como el concejo o la alcaldía, se han visto obligadas a retirar sus candidaturas o se han visto forzadas a no asumir el cargo cuando han resultado elegidas. Tal fue el caso de la alcaldesa electa de Tibú.
147. Marleny Rincón, Marta Cecilia Hernández y Ana Julia Arias de Rodríguez miembros de ANMUCIC, fueron asesinadas por paramilitares el 21 de julio de 2000, el 19 de agosto de 2000 y el 26 de enero de 2001 respectivamente. La Sra. Rincón, Presidenta de la Asociación en el Departamento del Meta, y Ana Julia Arias de Rodríguez, tesorera de ANMUCIC y miembro de la Unión Patriótica (UP), fueron acusadas de pertenecer a la guerrilla. Marta Cecilia Hernández, dirigente de ANMUCIC en Zulia, Norte de Santander, fue asesinada junto con su esposo Leonidas Quintero. Ambos fueron torturados antes de ser asesinados. Se presume que el asesinato de la Sra. Hernández se debe a que esta se negó a retirar su candidatura para las elecciones municipales.
e) Organizaciones campesinas y sociales
148. La Representante Especial se encuentra preocupada tras enterarse de que las organizaciones campesinas y sociales son especialmente vulnerables ante los grupos paramilitares. Las quejas en este sentido le llegaron de todas partes del país.
149. Varios dirigentes campesinos han sido desaparecidos y otros más han sido asesinados en el departamento de Norte de Santander. Orlando Moncada, vocero y miembro de la junta de la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra, fue asesinado el 1º de septiembre de 2000, mientras se encontraba parado cerca del retén colocado por las AUC en la carretera que de Barrancebermeja conduce al El Tigre.
150. Treinta y cinco dirigentes de movimientos sociales se han visto obligados a huir del departamento del Cauca para proteger sus vidas y su integridad personal. En la región del Catatumbo, los campesinos organizaron una marcha en 1998 con el ánimo de denunciar los problemas sociales tales como la carencia de caminos en zonas rurales y la necesidad de diversificar sus cultivos y detener la siembra de cultivos ilícitos. Cuando la negociación se terminó, entre dos y tres meses más tarde, comenzaron los asesinatos de los dirigentes que participaron en la marcha (Emelina, dirigente de ANMUCIC y proveniente de Campoalicia, y Leonel Giraldo de la ANUC, entre otros). Luego siguieron los desplazamientos.
151. A pesar de la recomendación hecha por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 1º de noviembre de 2001, en la que hacía un llamado para que el Gobierno de Colombia implementara las medidas de protección que habían sido otorgadas en 1999 para proteger a los miembros de la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra (ACVC), a quienes los grupos paramilitares habían declarado objetivo militar, la Representante Especial envió una acción urgente el 30 de noviembre de 2001, en relación con las constantes amenazas contra los miembros de la ACVC. De acuerdo con la información suministrada, el 7 de noviembre de 2001, miembros de Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) de la Fiscalía y de la Quinta Brigada del Ejército irrumpieron en el hogar de Cesar Jerez, miembro de la Junta de la Asociación, ubicado en la ciudad de Bucaramanga e intimidaron a su familia. Se presume que estas amenazas tienen relación con las actividades de la ACVC en la reivindicación y la defensa de los derechos humanos de los habitantes del Valle del Río Cimitarra.
152. La Asociación Campesina de Arauca (ACA), una entidad que maneja temas sobre agricultores, fue acusada por el Gobierno y por los paramilitares de ser colaboradora de la guerrilla. Como consecuencia de ello, la Asociación se encuentra bajo serias amenazas.
153. Los dirigentes de las organizaciones sociales del Sur de Bolívar, principalmente de la Mesa Regional Permanente por la Paz y los Derechos Humanos del Magdalena Medio y la Federación Agrominera del Sur de Bolívar, han sido amenazados, perseguidos, asesinados y desaparecidos. Oscar Danilo Zais Pena, Medier José García castillo y Valdiris Chamorro fueron asesinados y mutilados en Guarigua (jurisdicción de San Pablo) el 30 de octubre de 1998. Los tres eran dirigentes campesinos y defensores de los derechos de sus comunidades y se encontraban coordinando los albergues en Barrancabermeja durante el éxodo campesino.
154. La Representante Especial también fue informada en forma concreta acerca de la intensidad del hostigamiento del que son objeto los dirigentes sociales y sus familias en el departamento del Tolima. Desde que la Asociación ASOPEMA- Asociación de Pequeños y Medianos Agricultores del Tolima (ASOPEMA) comenzó a organizar marchas, la fuerza pública y las autoridades civiles han descrito a sus dirigentes como miembros de la insurrección armada. Germán Bedoya, Hermancia Bejarano y Tenaura Hernández, todos miembros de ASOPEMA, fueron amenazados.
f) Maestros y profesores universitarios
155. Según la información que ha sido recibida, este grupo también se ve especialmente afectado por asesinatos, amenazas y desplazamientos provocados por la violencia. cuatro maestros fueron asesinados entre 1999 y 2001.
156. Eder Enciso Sandoval, maestro y dirigente de desplazados en el asentamiento La
Reliquia ubicado en Villavicencio (Departamento del Meta), fue asesinado el 19 de agosto
de 2001 mientras llevaba a cabo una actividad pública en la escuela destinada a
recolectar fondos.
Dos personas resultaron heridas durante el operativo: Marleny Coronado Vicepresidente de
la Junta de Acción Comunal y un menor de edad.
157. La Representante Especial fue informada de que Juan Rodrigo Suárez Mira, maestro, fue asesinado el 21 de marzo de 2001 en Medellín. Llevaba seis años como maestro en el suburbio de Manrique. Pareciera que su asesinato está relacionado con el hecho de que pocos días antes había sido elegido como delegado de una organización sindical para asistir al Congreso de la Federación Colombiana de Educadores (FECODE), el cual se inició el 26 de marzo en Santa Marta.
158. También se ha dicho que los dirigentes de sindicatos de educadores son particularmente atacados. Pedro Varón, maestro y miembro de la junta directiva de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en el departamento del Tolima, ha sido objeto de amenazas contra su vida, presuntamente cometidas por paramilitares. De acuerdo con la información recibida, estos hechos lo obligaron a huir de la región en abril de 2001, a dejar su trabajo sindical y a dejar a su familia.
g) Estudiantes
160. La Representante Especial ha recibido información en virtud de la cual las universidades de Antioquia, Córdoba, Atlántico, Cauca y Valle así como la Universidad Surcolombiana en Neiva son de las más afectadas por los asesinatos y las amenazas en contra de sus estudiantes, profesores y empleados. Las incursiones de los paramilitares en estas universidades se han empeorado desde 1999. Siete estudiantes fueron asesinados en Colombia entre 1999 y 2001. Adicionalmente, las organizaciones estudiantiles están cerrando por los asesinatos de sus dirigentes. Con frecuencia, los miembros de estas organizaciones también son desplazados.
161. La Representante Especial fue informada de que el 11 de octubre de 2001 Camilo Alberto Zuiluagha Echeverri, estudiante de la Universidad del Tolima y representante estudiantil en el comité de derechos humanos de la Universidad, fue asesinado presuntamente por paramilitares mientras formaba parte de una delegación constituida para buscar desaparecidos. El incidente tuvo lugar entre los municipios de Dolores y Prado. En esos mismos hechos, Marco Antonio Martínez, miembro de la comisión temática de paz del Tolima y Hugo Melo, activista sindical del SENA, resultaron heridos. Jesús Arias, quien formaba parte de la escolta del DAS que había sido asignada para proteger a Marcos Martínez, también fue asesinado. Los hechos sucedieron en un lugar ubicado a media hora en carro de una estación de policía.
162. La Representante Especial también ha sido informada acerca del caso de Diodedit Navarro Jaramillo, estudiante militante asesinado el 10 de agosto de 1997 tras la creación de un movimiento contra la corrupción por varios miembros de la comunidad universitaria afiliados a la Asociación Sindical de Profesores Universitarios. Adicionalmente, Luis Mesa Almanza, abogado y egresado de la Universidad del Atlántico, fue asesinado el 26 de agosto de 2000 cuando salía de una reunión en la cual había discutido con estudiantes y profesores, la última demostración organizada por los estudiantes de la Universidad del Atlántico.
163. A lo largo de 1999, los trabajadores, maestros y estudiantes en Colombia organizaron una serie de días especiales dedicados a combatir la corrupción administrativa y la implementación y el rendimiento del Plan Nacional de Desarrollo, diseñado para privatizar la educación pública en Colombia, con lo cual se afectan los intereses de una gran cantidad de estudiantes provenientes de los sectores menos favorecidos de la sociedad. Desde entonces, las autoridades públicas han tomado medidas represivas, las cuales han provocado el incremento en el número de asesinatos, desapariciones, amenazas, desplazamientos y detenciones de los dirigentes estudiantiles. También se ha notado cómo han surgido las Autodefensas Estudiantiles al interior de las universidades colombianas, las cuales participan en la represión de los movimientos estudiantiles.
h) Profesionales de la salud
164. La Representante Especial tuvo conocimiento de que existe un nivel alarmante de violencia contra los profesionales de la salud, especialmente amenazas por parte de los grupos paramilitares. Pareciera que los ataques contra las organizaciones de la salud están vinculados con el hecho de que éstos protestan porque los militares y los paramilitares utilizan las escuelas y los hospitales para almacenar munición, establecer bases o controlar drogas y el impacto que esto trae sobre la población civil.
165. La Asociación Nacional de Trabajadores Hospitalarios de Colombia (ANTHOC) es especialmente atacada en el Valle del Cauca y Norte de Santander. El 17 de mayo de 2000, el Presidente de la Oficina Regional de ANTHOC ubicada en Cartago (Valle del Cauca) fue asesinado en la puerta de entrada de urgencias en el Hospital del Sagrado Corazón de Cartago. En septiembre de 2000, un panfleto firmado por las AUC fue distribuido en el Líbano (Toli