6.3 Derecho a la vivienda

c) mejorar la oferta de vivienda, en particular de viviendas económicas para los sectores más pobres, tanto en zonas urbanas como rurales, y asignar recursos para suministrar a toda la población agua potable y servicios de alcantarillado.

(Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU. E/C/12/1995/18, párr. 200- c; o E/C.12/1995/12, párr. 200- c;  o E/1996/22, párr. 200- c).

Véase además las recomendaciones

E/CN.4/2000/71, párr. 65; E/CN.4/2000/83/Add.1, párr. 201, citadas en el capítulo 8, título 2 “Programas de asistencia humanitaria”;

A/54/18, párr. 475, referida en el capítulo 10, título 1 “Comunidades afrocolombianas”;
E/CN.4/2000/71, Anexo II, párr. 32, contenida en el capítulo 18, título 2 “Derechos de los niños”.