Derechos Humanos para Todas las personas
“Nuestro trabajo está enfocado en las víctimas y sus necesidades. Es esencial asegurar que las víctimas tengan acceso a la justicia¨, Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navi Pillay
DefiniciónEl artículo 1 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) manifiesta que la discriminación racial incluye cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.
Instrumentos de Derechos Humanos Universales contra el Racismo, Discriminación Racial, Xenofobia e Intolerancia Relacionada* Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
* Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948)
* Declaración de Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1963)
* Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965)
* Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966)
* Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)
* Convención Internacional sobre la Represión y Castigo del Crimen de Apartheid (1973)
* Declaración sobre la raza y los prejuicios raciales (UNESCO, 1978)
* Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979)
* Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (1981)
* Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes (1985)
* Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven (1985)
* Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
* Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990)
* Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (1992)
* Conferencia Mundial contra el Racismo (Declaración y Programa de acción) (2001) y el Documento de Seguimiento a la Conferencia (2009)
* Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006)
* Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007)
Medidas especiales El artículo 2, párrafo 2, del CERD detalla las obligaciones de los Estados partes de tomar “medidas especiales y concretas para asegurar el adecuado desenvolvimiento y protección de ciertos grupos raciales o de personas pertenecientes a estos grupos, con el fin de garantizar en condiciones de igualdad el pleno disfrute por dichas personas de los derechos humanos y de las libertades fundamentales”.
El Comentario General No. 32 del CERD, sobre medidas especiales, explica que estas incluyen medidas que en algunos países pueden ser caracterizadas como ¨acción afirmativa”, “medidas afirmativas” o ¨acción positiva¨ en casos que corresponden al contenido de los artículos 1 (4) y 2 (2) del ICERD. Además, estas ¨medidas¨ pueden incluir una amplia gama de instrumentos regulatorios legislativos, ejecutivos, administrativos o presupuestarios, a todo nivel del aparato Estatal. También se pueden crear planes, políticas, programas y regímenes preferenciales en áreas como el empleo, vivienda, educación, cultura y participación en la vida pública para los grupos desfavorecidos, desarrollados e implementados sobre la base de estos instrumentos.
El CERD acentúa que las medidas especiales no son una excepción al principio de la no discriminación sino integrales a su significado y esenciales al proyecto de la Convención de eliminar la discriminación racial y avanzar en la dignidad humana e igualdad efectiva. El Comentario General No. 32 indica que, para ser legítimas, las medidas especiales deben ser apropiadas a la situación, necesarias en una sociedad democrática, respetar los principios de la justicia y la proporcionalidad, y ser temporales. Las medidas deben ser diseñadas e implementadas sobre el criterio de necesidad, y ser fundamentadas sobre un análisis realista de la situación actual de los individuos y comunidades involucradas.
Mecanismos de Naciones Unidas * Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cerd/index.htm
Denuncias de particulares, OHCHR-UNOG, 1211 Geneva 10, Switzerland, fax: +41229179022, petitions@ohchr.org
* Relator Especial sobre formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia
http://www2.ohchr.org/spanish/issues/racism/rapporteur/index.htm
OHCHR-UNOG, 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Geneva 10, Switzerland, fax to +41 22 917 90 06, urgent-action@ohchr.org
* Grupo de trabajo intergubernamental sobre la aplicación efectiva de la Declaración y Programa de Acción de Durban
http://www2.ohchr.org/spanish/issues/racism/groups/index.htm
Sección anti discriminación, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, fax: +41 22 928 9733, ADSsecretariat@ohchr.org
* Grupo de trabajo sobre Personas de Origen Africano (WGPAD)
http://www2.ohchr.org/english/issues/racism/groups/african/4african.htm
Anti-Discrimination Section, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, fax: +41 22 928 9733, e-mail: ADSsecretariat@ohchr.org
* Grupo de Expertos Eminentes Independientes (IEE)
http://www2.ohchr.org/english/issues/racism/groups/eminent-experts/index.htm
Anti-Discrimination Section, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, fax: +41 22 928 9733, ADSsecretariat@ohchr.org
* Comité ad hoc sobre la elaboración de estándares complementarios
http://www2.ohchr.org/english/issues/racism/AdHocCommittee.htm
Anti-Discrimination Section, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, fax: +41 22 928 9733, ADSsecretariat@ohchr.org
* Comité de Derechos de los Trabajadores Migrantes
http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cmw/index.htm
* Relatora Especial sobre los derechos humanos de los migrantes http://www2.ohchr.org/spanish/issues/migration/rapporteur/
OHCHR-UNOG, 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Geneva 10, Switzerland, fax to +41 22 917 90 06, urgent-action@ohchr.org, migrant@ohchr.org
* Experto Independiente sobre asuntos de las minorías
http://www2.ohchr.org/english/issues/minorities/expert/index.htm#contact
OHCHR-UNOG, 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Geneva 10, Switzerland, fax to +41 22 917 90 06, gfox@ohchr.org
* Foro sobre Asuntos de las Minorías
http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/minority/forum.htm
Sección sobre Minorías y Personas Indígenas, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, minorityforum@ohchr.org.
* Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos
y libertades fundamentales de los indígenas
http://www2.ohchr.org/spanish/issues/indigenous/rapporteur/
OHCHR-UNOG, 8-14 Avenue de la Paix, 1211 Geneva 10, Switzerland, fax + 41 22 917 90 06, indigenous@ohchr.org
* Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
http://www2.ohchr.org/spanish/issues/indigenous/ExpertMechanism/index.htm
Sección sobre Minorías y Personas Indígenas, OHCHR, Avenue G. Motta 48, Geneva 1202, fax: +41 22 928 90 66, expertmechanism@ohchr.org