Como representante en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos quiero saludar muy especialmente a las víctimas y a sus autoridades, y a las organizaciones y pueblos y comunidades afrodescendientes e indígenas que nos acompañan.
Agradezco igualmente a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad por la invitación a acompañar este espacio de escucha y reconocimiento a la Dignidad de las Comunidades Étnicas del Río Naya. Este es un espacio fundamental para reconocer las luchas y los procesos colectivos de resiliencia y construcción de paz de las víctimas, y una oportunidad para rechazar las violaciones en contra de estas comunidades y reconocer los impactos diferenciales –individuales, colectivos, psicoespirituales, y territoriales de la violencia sobre sus planes de vida y territorios.
El reconocimiento de las víctimas requiere del reconocimiento de sus historias de vida, de la lucha de sus familiares y sus acciones colectivas. Esto es esencial y necesario para garantizar la satisfacción integral sus derechos como víctimas y un proceso de rendición de cuentas que guarde correspondencia con las normas y estándares internacionales en materia de derechos humanos.
Desde que inició su mandato en Colombia, nuestra Oficina ha acompañado a los pueblos y comunidades étnicas y nos han informado sobre las violencias que padecen en sus territorios. En virtud de nuestro mandato hemos dado seguimiento a la situación y hemos advertido en nuestros informes anuales la grave situación que afrontan los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes y los riesgos diferenciales y colectivos a los que están expuestos. En el informe relativo a 1999 advertimos que “numerosos líderes indígenas y afrocolombianos han resultado muertos o desaparecidos, y gran número de personas de esas comunidades han debido desplazarse forzosamente”[1]. Para el 2004, señalamos que “las comunidades indígenas y afrocolombianas sufrieron el impacto del conflicto armado sobre su diversidad étnica y cultural, al invadir sus territorios, así como de la situación de exclusión y discriminación que sigue afectándolas”[2].
En ese mismo sentido en 2006, expresamos que “la población indígena y afrocolombiana, enfrenta una situación de alta vulnerabilidad por el conflicto armado interno”[3]. En 2010 nuestra observación siguió en el mismo sentido; señalamos que “los pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas continúan sufriendo de forma desproporcionada la violación de sus derechos en el marco del conflicto armado”[4].
Pese a los esfuerzos impulsados por el Estado, aún persisten desafíos que deben ser abordados para garantiza la pervivencia física y cultural de los pueblos y las comunidades étnicas en el país. Para el 2021 observamos que “que la acción violenta de grupos armados no estatales y organizaciones criminales afecta proyectos de vida individuales y colectivos, impactando desproporcionadamente a pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades campesinas”[5].
Órganos de tratado y procedimientos especiales también han realizado un seguimiento especial sobre su situación. Por ejemplo, para el año 2002, la Relatoría Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas en sus informes, realizó un llamado urgente a las autoridades colombianas tras haber sido informada de las amenazas de muerte en contra de las poblaciones civiles de las regiones de Alto y Bajo Naya, y de los departamentos del Valle del Cauca y del Cauca. Para ese momento, la Relatoría expresó su preocupación por la seguridad de los 25.000 habitantes de estas regiones y que viven en los municipios de Timba, Suárez, Buenos Aires y Buenaventura[6].
Los crímenes en contra de las comunidades indígenas y afrocolombianas que habitan la zona del Río Naya tuvieron impacto sobre su estructura social y organizativa, y tiene un efecto transgeneracional. Esta violencia también impacta de manera desproporcionada el proyecto de vida de mujeres y niñas, quienes han debido sufrir distintas formas de violencias basadas en el género, y las cuales muchas veces quedan silenciadas por el miedo y la estigmatización.
La gravedad de estos hechos demanda a las entidades que conforman el Sistema Integral y en general a las autoridades estatales en su conjunto, redobles esfuerzos que permita abordar de manera integral ese legado de violaciones manifiestas de derechos humanos y atrocidad, combatir la impunidad y garantizar la no repetición. En comunidades como las indígenas y afrodescendientes, que han sufrido de discriminación y exclusión histórica, la adecuada integración de los enfoques étnicos y de género a las acciones y decisiones del Sistema Integral permitirán que la garantía de sus derechos se materialice adecuadamente.
Esta discriminación histórica también exige que la reparación a la que tienen derecho los pueblos y comunidades étnicas tenga un enfoque transformado y les permitan desarrollar sus proyectos de vida colectivos y comunitarios en condiciones de igualdad y dignidad, y en un ambiente de seguridad y garantías para la permanencia en sus territorios.
De esta manera, el proceso de verdad, justicia, reparación y no repetición que lidera el Sistema Integral puede contribuir a la conservación y protección de los usos, valores, costumbres, tradiciones, formas de producción, historia y cultura de los pueblos indígenas y afrodescendientes.
La Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos valora y agradece la invitación a este espacio y renueva su compromiso de seguir acompañando a las víctimas y las organizaciones para materialización de sus derechos. También aprovecho para reiterar la disponibilidad de la Oficina para asistir técnicamente a las autoridades estatales en el fortalecimiento de la garantía de los derechos de las víctimas; y a los pueblos indígenas, a las comunidades afrodescendientes y a las organizaciones étnicas para la materialización de sus derechos y consolidar garantías orientadas a la no repetición.
Muchas gracias
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[1] OACNUDH, Informe 2006, E/CN.4/2000/11, párr. 76.
[2] Ibídem, E/CN.4/2005/10, párr. 120
[3] Ibídem,, A/HRC/4/48. 5 de marzo de 2007.
[4] Ibídem, A/HRC/16/22, párr. 69.
[5] Ibídem, A/HRC/49/19, párr. 28
[6] Informe de la Relatora Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias al 58 periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos. Comunicaciones enviadas al Gobierno de Colombia y respuestas recibidas. E/CN.4/2002/74/ADD.2. Párr. 75